Cita:
Empezado por newtron
Es correcto hacerlo de las dos formas. Puedes hacer una factura por la diferencia pero es posible que quieras una factura "limpia" por el total de la operación por lo que toca hacer una negativa por el total de la original y otra rectificativa positiva con las cantidades correctas. Esto lo he consultado a la aeat y es totalmente correcto y también se ha hablado por otros hilos.
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Estoy de acuerdo que hacienda lo acepta de los dos modos, así que cada uno lo haga como entienda más apropiado. Ahora, si yo quiero una factura "limpia" lo suyo es hacer primero la rectificativa por diferencias sobre la factura original errónea, que llevará la serie de las rectificativas, y luego una factura normal, con la serie de las facturas normales, con los conceptos e importes correctos. Si lo hago de la forma en que indican en la V0706-19 estoy haciendo un proceso que es diferente del resto de métodos de facturación: factura normal en negativo, (que solo existen hasta donde yo se, en este caso) con series de facturas normales, y rectificativa en positivo.
Y todavía mas rápido, si es el mismo cliente, una rectificativa sustitutiva.