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Antiguo 17-09-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Estoy de acuerdo que hacienda lo acepta de los dos modos, así que cada uno lo haga como entienda más apropiado. Ahora, si yo quiero una factura "limpia" lo suyo es hacer primero la rectificativa por diferencias sobre la factura original errónea, que llevará la serie de las rectificativas, y luego una factura normal, con la serie de las facturas normales, con los conceptos e importes correctos. Si lo hago de la forma en que indican en la V0706-19 estoy haciendo un proceso que es diferente del resto de métodos de facturación: factura normal en negativo, (que solo existen hasta donde yo se, en este caso) con series de facturas normales, y rectificativa en positivo.
Y todavía mas rápido, si es el mismo cliente, una rectificativa sustitutiva.
A ver tecnicamente no es del todo incorrecro emitir recrificativa por diferencias y vokver a amitir la correcta, es más, no croe que nunca se metan en eso, pero las rectificativas por diferencias tienen un cometido especifico.
Diferencias -->procede cuando no es necesario anular la factura original porque los datos son correctos, solo hay un error de importe.

Sustitución--> procede cuando la factura original queda invalidada en su conjunto y no basta con ajustar importes.

Por ejemplo, cuando se produce una devolución de mercancías o se conceden descuentos/rappels posteriores a la venta, la base imponible del IVA debe reducirse y esa reducción se realiza mediante la emisión de una factura rectificativa por diferencias.
Por tanto, no seria juridicamente correcto hacerlo como comentas., Pasaría sin problemas? Seguro que sí, pero no deja de ser arriesgado a la interpretación de una posible inspección.
Como ya os habia comentado, es dificil encontrar programas en el mercado que cumplan con todo esto, ademas que se complica por que hay situaciones de rectificacion dn las que el operador tiene que decidir que tiene que hacer y es dificil realizar una interfaz en la que se puesa indicar los pasos sin que puedan equivocarse.
El caso que comentas aunque lo pongas bien indicado en el programa el usuario puede determinar que primero tiene que devolver toda la mercancia con lo cuañ al final termina haciendo los 2 pasos manualmente e incorrectamente, pero si en tu desarrollo tienes recogido que se pueda hacer xorrectamente, tu parte estaría ddntro de la normativa y nl vas a tener problemas, el probñema pasaria al usiario/empresario ppr mala praxis/formación.

Última edición por ermendalenda fecha: 17-09-2025 a las 07:10:10.
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