Cita:
Empezado por ermendalenda
El abono no tiene que llevar marcado de que factura proviene, pero creo que es aconsejable que lo pongas wn el nodo descripcionfactura. De todas formas si haces la rectificativa en dos pasos, la de sustitucion, norrmalmente pero no onlogatorio, lleva en el RF de que factura proviene, lo que tengo dudas es que en la emisión al cliente sea obligatorio, en la de sustitucion, indicar de cual proviene así como si tw solicitan el libro de IVAs. Yo lo pongo en todos los casos .
Respecto a lo comentado por wl compañrero, si le han contestado eso respecto a los rappeles, yo me lo trago, pero veo mas coreecto una factura rectificativa por diferencias, ya que es una modificación de importes y asi está recogido en la normativa de facturacion, otra coaa es que admitan el abono para esta circunstancia.
Está claro que el tema de las rectificativas y abonos es una locura.
Ayer devolví en carrefour una cafetera, y me emitieron un tiquet(ademas ponia duplicado), en el que no aparece en ningun lado que es una rectificativa, aunque sí parece que indicaba de que tiquet provenía, y puede que la serie sea diferente pero no hay forma de descifrar la serie y la numeracion Si el carrefour hace esto y lo dejan pasar imagino que estamos afinando demasiado.
|
Lo de poner en el sistema cuando modificas una factura, cual es la cual es la factura que modificas, y en la modificada donde se modificó (además con link para no tener que buscarlo) yo lo hago en todos los casos, sea rectificativa por diferencias o como sustitución, independientemente de luego mandarlo o no a Verifactu según haga falta o no. Si no, no hay manera de seguir el hilo de las modificaciones. Ademas cuando imprimes una factura modificada aparece con un sello que lo indica, para que no haya errores, y en el formulario con colores de fondo diferentes. Finalmente las sustituidas tienen un campo diferente para que no entren en las totalizaciones. Yo también prefiero las rectificativas por diferencias a las sustituidas, porque si son de hace tiempo, anteriores al trimestre en curso, descojonan las totalizaciones de esa fecha, que están en tablas secundarias y no se recalculan automáticamente, aunque algo tendré que hacer con esto, incluso aunque lo hagan, esos datos ya habrán salido fuera del sistema, por ejemplo a la asesoría fiscal para las declaraciones, y hay que tener cuidado de que no se pase comentarlo...
Por lo demás yo creo que nos estamos rayando con esto, si los totales de iva que tienes que declarar están bien, dudo mucho que se metan en ello lo pongas como lo pongas, rectificativa, completa o lo que sea. Pero si ellos mismos no tienen claro lo que hay que hacer: le acaba de preguntar Newtron si hay más supuestos de facturas negativas normales y el de hacienda se ha tragado el supuesto este de las dos rectificativas que llevamos toda la tarde discutiendo... Además después de haberse tragado lo de que los Excel y Word son válidos (como se nota donde hay pasta para abogados), ¿se van a meter con una cosa así?