Cita:
Empezado por newtron
A ver... una cosa es que no tengas obligación de imprimir y entregarla al cliente pero otra cosa es que no la envíes. Claramente todas las ventas que mecanices hay que enviarlas pero... ¿imprimir y entregar? .... no sé.... ¿dónde está eso escrito?
Yo tengo un bareto en módulos (por ejemplo), tengo mi SIF en el que meto todas las comandas y las imprimo o entrego (o no) y no pasa nada, todas se envían.
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Tienes
obligación de entregar una copia al cliente, sea impresa o electrónica. Puedes hacer como Decathlon, que te da la opción de enviarla a tu correo o imprimirla, u otras opciones similares. Como principio general, luego habrá excepciones para que la conversación no decaiga, pero la regla es esa...
Cita:
Artículo 2. Obligación de expedir factura.
1. De acuerdo con el artículo 164.Uno.3.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, los empresarios o profesionales están obligados a expedir factura y copia de esta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en el desarrollo de su actividad, incluidas las no sujetas y las sujetas pero exentas del Impuesto, en los términos establecidos en este Reglamento y sin más excepciones que las previstas en él. Esta obligación incumbe asimismo a los empresarios o profesionales acogidos a los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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