Voy a refrescar este desastre de explicación de las Faq's que da luigar a mal entendidos y he visto que siguen las dudas al respecto, en cuanto a que hay 2 formas de emitir una factura nominativa desde una simplificada:
Cita:
Como Registra el emisor una factura emitida en sustitución de facturas simplificadas (art 7.2 RD 1619/2012)
Se deberá informar en el bloque “Tipo Factura” con la clave “F3: factura emitida en sustitución de facturas simplificadas facturadas y declaradas” y en el bloque de “Datos sustituidas” se identificarán las facturas simplificadas sustituidas con el número, serie y fecha de expedición. La identificación es opcional.
IMPORTANTE: En el caso de que se realice un abono de la factura simplificada (mediante el envío de un registro negativo con clave “F2”), la factura emitida en sustitución de esta tendrá que informarse con la clave “F1”.
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A ver, lo que he puesto en negrita, y según pienso yo, es la otra forma de como se hace una factura simplificada nominativa, o sea F2 en negativo y la F1 con el nodo facturasimplificcadaartxxx=S