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#1
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Cita:
Gracias ermendalenda, estoy intentando sacarla del esquema, he visto ya los campos pero hay algunos que no se que coj__ serán, que además, no veo ningun campo donde tenga que marcar con una S que es rectificativa, solo FacturaEmitidaSustitucionSimplificada pero me da la sensación que es para quitar una simplificada y hacer la factura completa. - ImporteRectificacionSustitutiva: Es el importe que le resto a la factura que rectifico? - BaseRectificada: La base del importe que le quito? - CuotaRectificada: Importe final que se queda? no se que es esto - CuotaRecargoRectificada: Creo que es opcional, no lo pongo. |
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#2
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Cita:
Código PHP:
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#3
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Cita:
FacturaSimplificada>S</FacturaSimplificada> |
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#4
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Hola a todos esto es lo que me comenta hacienda de Bizkaia sobre el tema del certificado que se caduca desde que se firma hasta que se envía.
Cita:
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#5
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Gracias!!
Me terminan de pasar este enlace, https://web.araba.eus/es/hacienda/ticketbai Bajo del todo tenemos 4 o 5 ejemplos muy básicos. |
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#6
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Cita:
Viene un ejemplo de factura rectificativa por sustitución. Pero no viene ejemplo de factura rectificativa por diferencias, que es la complicada. Saludos |
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#7
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Cita:
Última edición por ermendalenda fecha: 09-11-2021 a las 12:13:24. |
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#8
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Una tontería
Tengo una duda contable, a ver si me explico, pongo un ejemplo:
Hago 10000 facturas de Und Denominación P.Un. Iva Pvp 1 Bolsa 0,02 10% 0,022 Fichero TBai <BaseImponible>0.02</BaseImponible> <TipoImpositivo>10.00</TipoImpositivo> <CuotaImpuesto>0.00</CuotaImpuesto> En la Factura del cliente tambien redondeo a 2 decimales Total Importe = 0,02 No hay IVA? Por que claro, si sumo el conjunto bases imponibles de bolsas que se han vendido si sale IVA, pero en ninguna factura se ha cobrado. Que se declara en el trimestres ¿el iva de la suma de las bases=20€?, o ¿la suma individual de ivas que es = 0€? Lo razonable sería 0€ ya que ese iva no lo cobra el comercio, pero sabes que dice la Normativa para la declaaración (no TiKetBai) Última edición por ermendalenda fecha: 09-11-2021 a las 15:05:39. |
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#9
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#10
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Cita:
Estoy a la espera, desde hace 11 días, de que los chicos de TicketBAI de Gipuzkoa me respondan a ese tema: - ¿Suma de IVAs (de cada detalle) o IVA de la suma? Y sobre el margen de error que se permite por culpa del redondeo. Cuando me contesten algo, os digo. Saludos |
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#11
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Cita:
En el caso de una factura rectificativa por sustitución, hay 2 operativas posibles: 1- Sencilla: Una única factura rectificativa por sustitución, indicando los datos económicos de la factura que se rectifica y los datos económicos correctos. 2- Complicada: Haciendo una factura normal con los mismos importes de la factura a rectificar, pero en negativo y, a continuación, una factura rectificativa por sustitución sin datos económicos de la factura a la que se rectifica y sólo los datos económicos correctos. Si se utiliza la operativa 1 es muy cómodo y sencillo: Una única factura rectificativa por sustitución con los datos chungos y los datos buenos y solucionado. (Ver pregunta 48 de Preguntas Frecuentes sobre Batuz ) Saludos |
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#12
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Primera factura
Buenas a todos,
estoy empezando a probar los envíos en el entorno de pre de Gipuzkoa pero todavía no me ha dado correcto ninguno. He corregido errores que tenia en el XML pero ahora me da un error de encadenamiento: Código:
<EncadenamientoFacturaAnterior>
<SerieFacturaAnterior/>
<NumFacturaAnterior>Primera factura</NumFacturaAnterior>
<FechaExpedicionFacturaAnterior>00-00-0000</FechaExpedicionFacturaAnterior>
<SignatureValueFirmaFacturaAnterior>Primera factura</SignatureValueFirmaFacturaAnterior>
</EncadenamientoFacturaAnterior>
¿qué datos tengo que poner en EncadenamientoFacturaAnterior si no existe la factura anterior al ser esta la primera? |
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#13
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Cita:
Yo es que sigo sin entender la existencia de dos tipos de rectificativas... Usando los ejemplos de Bizkaia... "la factura nº1 de base imponible 1.000 € y cuota 210 € va a ser objeto de rectificación, ya que la base imponible de la operación debió ser 800€ y la cuota 168 €" Bien. Según ellos, hay como mínimo dos formas de hacer la rectificación: Rectificativa por Sustitución 1. Crear una sola factura informando la “Base rectificada”, “Cuota rectificada” y, en su caso, “Cuota recargo rectificada” dentro del bloque “Importe Rectificación Sustitutiva” 2. Creando dos facturas: primero una factura “normal” con los importes de la factura rectificada en negativo (esta factura no es una factura rectificativa) y después se deberá expedir la factura rectificativa por sustitución Rectificativa por Diferencias 1. Cuando la rectificación se haga por diferencias se deberá informar directamente del importe de la rectificación. Supondría emitir una factura con base imponible de -200 (es decir, en negativo). Por lo tanto... La opción "por sustitución -> 2" permite crear una en negativo "normal", pero sin embargo "por diferencias" la factura en negativo ya es la rectificativa. ¿Qué obliga a hacerlo "por sustitución" pudiendo hacerlo "por diferencias"? Última edición por espinete fecha: 10-11-2021 a las 12:50:54. |
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#14
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#15
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Creo que tienes varios errores en el xml, El código de FacturaRectificativa creo que debería de ser R5: Factura rectificativa en facturas simplificadas. ImporteRectificacionSustitutiva: Sólo deben rellenarse en el caso de que se trate de la emisión de una factura rectificativa por sustitución (se ha tenido que marcar dentro de la etiqueta de factura rectificativa la clave "S") Digo creo por que todavia no he probado a subir ninguna, pero por lo que he leido... |
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#16
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Cita:
Correcto lo de R5, habia mezclado factura normal con simplificada, lo de Importerectificacionsustitutiva, no sé, el caso que hice la prueba sin poner que era simplificada y me la aceptó sin errores de esta forma, ya me diras cuando hagas pruebas. |
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#17
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Por cierto he oido rumores de que el resto de España igual que TicketBai.
Solo rumores |
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#18
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Ahora han puesto que es obligado para los que facturen mas de 4millones al año si no me equivoco.
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#19
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Creo que eso es el SII a partir de 6 millones. No hay aún nada de tiquetbai fuera de las comunidades forales
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