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#1
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Cita:
FacturaSimplificada>S</FacturaSimplificada> |
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#2
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Hola a todos esto es lo que me comenta hacienda de Bizkaia sobre el tema del certificado que se caduca desde que se firma hasta que se envía.
Cita:
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#3
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Gracias!!
Me terminan de pasar este enlace, https://web.araba.eus/es/hacienda/ticketbai Bajo del todo tenemos 4 o 5 ejemplos muy básicos. |
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#4
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Cita:
Viene un ejemplo de factura rectificativa por sustitución. Pero no viene ejemplo de factura rectificativa por diferencias, que es la complicada. Saludos |
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#5
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Última edición por ermendalenda fecha: 09-11-2021 a las 12:13:24. |
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#6
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Una tontería
Tengo una duda contable, a ver si me explico, pongo un ejemplo:
Hago 10000 facturas de Und Denominación P.Un. Iva Pvp 1 Bolsa 0,02 10% 0,022 Fichero TBai <BaseImponible>0.02</BaseImponible> <TipoImpositivo>10.00</TipoImpositivo> <CuotaImpuesto>0.00</CuotaImpuesto> En la Factura del cliente tambien redondeo a 2 decimales Total Importe = 0,02 No hay IVA? Por que claro, si sumo el conjunto bases imponibles de bolsas que se han vendido si sale IVA, pero en ninguna factura se ha cobrado. Que se declara en el trimestres ¿el iva de la suma de las bases=20€?, o ¿la suma individual de ivas que es = 0€? Lo razonable sería 0€ ya que ese iva no lo cobra el comercio, pero sabes que dice la Normativa para la declaaración (no TiKetBai) Última edición por ermendalenda fecha: 09-11-2021 a las 15:05:39. |
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#7
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Cita:
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#8
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Cita:
Estoy a la espera, desde hace 11 días, de que los chicos de TicketBAI de Gipuzkoa me respondan a ese tema: - ¿Suma de IVAs (de cada detalle) o IVA de la suma? Y sobre el margen de error que se permite por culpa del redondeo. Cuando me contesten algo, os digo. Saludos |
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#9
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Pues a ver si contestan por lo que me dicen esto es como lo del cálculo de la plusvalía, escoge la opción que más te convenga. |
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#10
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Cita:
Buenas, te han respondido algo al respecto? El tema de redondeos es un desmadre. Como dijeron mas arriba, la mayoría de nuestros clientes ponen el precio con IVA. Y el mismo se calcula en cada factura redondeo mas o menos. La "solución" de darnos 8 decimales para ese campo me parece, la peor solución posible que pudieron encontrar. Porque no informar los % que tiene cada item? |
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#11
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Cita:
Hice la consulta a TicketBAI de Gipuzkoa el 29 de octubre. Como no me respondían (mientras sí me respondieron a otras consultas), volví a reiterar la consulta el 19 de noviembre. Y ahí seguimos, sin contestación. No se les puede consultar por teléfono y, por email, si no lo ven claro, no responden. Y eso cuando no responden con criterio diferente en Gipuzkoa y a Álava (como ya me ha ocurrido en otro tema) Tampoco es que en Bizkaia vayan mucho mejor: - Cosas que funcionan un día, al día siguiente no van - Los servidores parece que en algunos momento también se toman vacaciones o puentes - Cierran y abren los entornos de prueba al voleo sin explicar y justificar las razones - Se están alargando los plazos desde que se presenta la solicitud de un software garante hasta que responden algo (del último presentado el 18 de noviembre, todavía ni una información al respecto) Y lo que iba a ser un sistema común de las tres Diputaciones (auspiciado y promocionado por el Gobierno Vasco) se ha ido separando y ahora se necesitan modificaciones de software para cada territorio. Sin contar las promesas pendientes como el Servicio Zuzendu en Gipuzkoa (las otras Diputaciones parece que ni han pensado en ello). Ahora Gipuzkoa suelta el globo sonda de un posible servicio LiburuBAI (que tiene pinta de ser otra LROE-Batuz versión gipuzkoana) Eso sí, charlas, presentaciones y promesas de deducciones y subvenciones muchas, pero soluciones, unificaciones e información puntual a los desarrolladores ... cero patatero. Yo alucino con la falta de seriedad que están teniendo las tres Diputaciones Forales con un tema tan importante como éste. Realmente, están quedando a la altura del betún. No me esperaba tan bajo nivel de eficiencia. Saludos |
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#12
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En el caso de una factura rectificativa por sustitución, hay 2 operativas posibles: 1- Sencilla: Una única factura rectificativa por sustitución, indicando los datos económicos de la factura que se rectifica y los datos económicos correctos. 2- Complicada: Haciendo una factura normal con los mismos importes de la factura a rectificar, pero en negativo y, a continuación, una factura rectificativa por sustitución sin datos económicos de la factura a la que se rectifica y sólo los datos económicos correctos. Si se utiliza la operativa 1 es muy cómodo y sencillo: Una única factura rectificativa por sustitución con los datos chungos y los datos buenos y solucionado. (Ver pregunta 48 de Preguntas Frecuentes sobre Batuz ) Saludos |
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#13
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Primera factura
Buenas a todos,
estoy empezando a probar los envíos en el entorno de pre de Gipuzkoa pero todavía no me ha dado correcto ninguno. He corregido errores que tenia en el XML pero ahora me da un error de encadenamiento: Código:
<EncadenamientoFacturaAnterior>
<SerieFacturaAnterior/>
<NumFacturaAnterior>Primera factura</NumFacturaAnterior>
<FechaExpedicionFacturaAnterior>00-00-0000</FechaExpedicionFacturaAnterior>
<SignatureValueFirmaFacturaAnterior>Primera factura</SignatureValueFirmaFacturaAnterior>
</EncadenamientoFacturaAnterior>
¿qué datos tengo que poner en EncadenamientoFacturaAnterior si no existe la factura anterior al ser esta la primera? |
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#14
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Cita:
Bueno, creo que lo del error de encadenamiento, no es realmente un error sino una advertencia. En el caso de la primera factura, creo que hay que dejar sin contenido los tres nodos del XML correspondientes al tema del encadenamiento con la factura anterior. Saludos |
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#15
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Cita:
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#16
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Alguien sabría decirme si las rectificadas tienen su propia numeración o es la misma que en la factura normal?
Nº Factura: 1 Nº Factura rectificativa por diferencias: 2 Nº Factura: 3 ..... |
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#17
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Primera factura
Gracias por las respuestas Sistel y Ramon88
Efectivamente se había enviado correctamente (<Estado>00</Estado>) pero me había despistado el texto del mensaje. Un saludo |
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#18
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Cita:
Yo es que sigo sin entender la existencia de dos tipos de rectificativas... Usando los ejemplos de Bizkaia... "la factura nº1 de base imponible 1.000 € y cuota 210 € va a ser objeto de rectificación, ya que la base imponible de la operación debió ser 800€ y la cuota 168 €" Bien. Según ellos, hay como mínimo dos formas de hacer la rectificación: Rectificativa por Sustitución 1. Crear una sola factura informando la “Base rectificada”, “Cuota rectificada” y, en su caso, “Cuota recargo rectificada” dentro del bloque “Importe Rectificación Sustitutiva” 2. Creando dos facturas: primero una factura “normal” con los importes de la factura rectificada en negativo (esta factura no es una factura rectificativa) y después se deberá expedir la factura rectificativa por sustitución Rectificativa por Diferencias 1. Cuando la rectificación se haga por diferencias se deberá informar directamente del importe de la rectificación. Supondría emitir una factura con base imponible de -200 (es decir, en negativo). Por lo tanto... La opción "por sustitución -> 2" permite crear una en negativo "normal", pero sin embargo "por diferencias" la factura en negativo ya es la rectificativa. ¿Qué obliga a hacerlo "por sustitución" pudiendo hacerlo "por diferencias"? Última edición por espinete fecha: 10-11-2021 a las 12:50:54. |
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#19
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ha cambiado algo de la generación del codigo QR en gipuzkoa pruebas?? porque siempre me ha funcionado y ahora me dice:
"No se ha podido determinar el estado de la factura." Incluso su ejemplo QR de pruebas de la documentación pasa lo mismo... que desastre de verdad Edit: igual es fallo mio, no me hagáis mucho caso.... Última edición por pablog2k fecha: 10-11-2021 a las 13:03:15. |
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#20
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Cita:
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