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  #1  
Antiguo 01-09-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Un fragmento de los mensajes que se capturan en "OnBeforeExecute" del "THTTPRIO" es del estilo a este:

Código:
 <?xml version="1.0"?> ...
.
.

 <AltaFactuSistemaFacturacion SOAP-ENC:id="1"  xsi:type="NS2:AltaFactuSistemaFacturacion">                  
    <Cabecera SOAP-ENC:id="2" xsi:type="NS3:Cabecera">                      
       <IDVersion xsi:type="NS3:VersionType">1.0</IDVersion>                      
       <ObligadoEmision SOAP-ENC:id="3"  xsi:type="NS3:PersonaFisicaJuridicaESType">                        
...
Muy engorroso de leer. ¿Alguien conoce alguna forma de eliminar la parte "sobrante" de las etiquetas?
Es decir:


Código:
 
Esta es la línea que tenemos: <Cabecera SOAP-ENC:id="2" xsi:type="NS3:Cabecera">
Línea que quiero obtener: <Cabecera>


O este otro caso:
Lo que obtenemos: <IDVersion xsi:type="NS3:VersionType">1.0</IDVersion> 
Lo que quiero obtener: <IDVersion>1.0</IDVersion>

Gracias de antemano por vuestro tiempo.
supongo que una forma seria capturar el string completo en una variable y usar la función stringreplace(stringcapturado,cadenassustituir,'',
.rfReplaceAll) con cada cadena que quieras eliminar
  #2  
Antiguo 02-09-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Siguen los lios

Despues de tanto tiempo con la ley Crea y crece y la Ley antifraude siguen mezclando ambas y metiendo Verifactu y Factura eletrónica en una batidora:
https://www.externalix.com/retraso-f...a-obligatoria/
  #3  
Antiguo 02-09-2024
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Casimiro Noteví Casimiro Noteví is offline
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Casimiro Noteví Tiene un aura espectacularCasimiro Noteví Tiene un aura espectacular
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Despues de tanto tiempo con la ley Crea y crece y la Ley antifraude siguen mezclando ambas y metiendo Verifactu y Factura eletrónica en una batidora:
https://www.externalix.com/retraso-f...a-obligatoria/

Ya sabes, "en río revuelto... ganancia de pescadores".
Así que lo revuelven todo, confunden a la gente y así "pescan" a algunos.
  #4  
Antiguo 02-09-2024
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newtron Va camino a la fama
Pufffffffffffffff.... pues anda que están informados estos...


Entre los que no se enteran y divulgan información errónea y los que quieren pescar engañando a las empresas y diciéndoles que ya tienen sus sistemas preparados para estas "ñapas" vamos aviados.


Saludos.
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Be water my friend.
  #5  
Antiguo 09-09-2024
Javierus Javierus is offline
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Javierus Va por buen camino
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Despues de tanto tiempo con la ley Crea y crece y la Ley antifraude siguen mezclando ambas y metiendo Verifactu y Factura eletrónica en una batidora:
https://www.externalix.com/retraso-f...a-obligatoria/
Leyendo el artículo, no me parece que confunda nada, sino que está intentando que el lector no lo haga; en concreto (las negritas son del artículo):
Cita:
Para finalizar volvemos a incidir en que una cosa es la obligación de preparar los sistemas informáticos que soporten los procesos de facturación antes de 01/07/2025 -lo cual abordamos en otro post-

Y otra es la obligación de generar factura electrónica en los términos expuestos en este post, obligación que se retrasará seguramente hasta 2026 para las empresas con facturación inferior a 8 millones de euros, siendo ambas cuestiones, diferentes.
  #6  
Antiguo 09-09-2024
edari edari is offline
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edari Va por buen camino
QR en factura

Ahora el QR solo va en la primera página



Qué divertido oye siempre innovando.


Entre esto y que no se pueda usar para nada en un DIN-A4 la parte derecha e izquierda de donde va el QR me tienen frito. Alguna vez pensarán en el cliente final y no en ellos mismos?
  #7  
Antiguo 09-09-2024
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Neftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en bruto
Cita:
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Entre esto y que no se pueda usar para nada en un DIN-A4 la parte derecha e izquierda de donde va el QR me tienen frito. Alguna vez pensarán en el cliente final y no en ellos mismos?

Vuelvo de vacaciones y estoy desconectado, pero creo recordar que el QR debe ser el primero en cuanto al TOP, y el primero a la IZQUIERDA, pero sí puede haber cosas a la derecha (un poco por debajo).
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  #8  
Antiguo 09-09-2024
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Vuelvo de vacaciones y estoy desconectado, pero creo recordar que el QR debe ser el primero en cuanto al TOP, y el primero a la IZQUIERDA, pero sí puede haber cosas a la derecha (un poco por debajo).

Desde luego en el ejemplo de diseño yo no saco esa conclusión...


  #9  
Antiguo 09-09-2024
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Desde luego en el ejemplo de diseño yo no saco esa conclusión...

Me he dejado la condición de facturas horizontales (sabía que me sonaba de algo). Nosotros tenemos algunos clientes que las sacan así.
En el caso de verticales sí debe estar arriba de la factura, en el caso de horizontales sí puede estar como he comentado....

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  #10  
Antiguo 14-09-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Leyendo el artículo, no me parece que confunda nada, sino que está intentando que el lector no lo haga; en concreto (las negritas son del artículo):
Hay muchísimos errores, leéte la parte de requisitos tecnicos de la factura electrónica, mezclan conceptos de verifactu en la factura electrónica.
Por ejemplo:

Que incorporen la frase*«Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERIFACTU»: las facturas electrónicas deberán incluir el distintivo “VeriFactu”
  #11  
Antiguo 09-09-2024
espinete espinete is offline
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Despues de tanto tiempo con la ley Crea y crece y la Ley antifraude siguen mezclando ambas y metiendo Verifactu y Factura eletrónica en una batidora:
https://www.externalix.com/retraso-f...a-obligatoria/
Pues yo también tengo dudas a estas alturas, y eso que llevo meses (años) con lo de TicketBAI y esperando al desarrollo técnico de VeriFactu, y gracias a eso entiendo el 90%.

Pero de verdad que con tanto término y la manía de separar las cosas, me sigo confundiendo: factura electrónica, ley "Crea y Crece", Ley AntiFraude, Verifactu, No-Verifactu... Si yo estoy confundido, imagínate los clientes (empresarios) cuando llegue el momento, que para ellos va a ser "de golpe".
Hasta hace poco "factura electrónica" (o digital) era una una factura en PDF. Firmada con certificado digital para darle más validez legal. Ahora habrá que explicarle a los clientes que ese término ya no es eso sino otra cosa más tocha.

A ver...

- Entiendo que aún no hay entorno de pruebas para poder hacer los envíos. Si aún no lo hay, dudo mucho que esto entre en vigor en 2025 como pretendían (y como siguen insistiendo en la prensa). Más les vale que no sea así. Esta gente es capaz de sacar la normativa en diciembre, o como ya hicieron con el Recargo de Equivalencia con 3 decimales en diciembre hace años
- Entiendo que habrá VeriFactu y No-VeriFactu. El último no requiere envío de las facturas a Hacienda, pero sí guardar los XML?
- Entrará entonces en vigor No-Verifactu ANTES que VeriFactu? O es que estoy más confundido de lo que pensaba?
- Todo esto es independiente a que el software deba cumplir con la Ley Antifraude, o Crea y Crece o como se llame ahora o dentro de un mes: evitar que se borren registros, o se modifiquen, llevar un LOG de los cambios, blablabla

Yo sigo pensando que si TicketBAI se demoró 2 años, y fueron solo 3 provincias, esto no va a salir a corto-medio plazo. Se va a armar. La gente no está preparada para este cambio. Ni los desarrolladores ni los clientes.

En fin, esperaba llegar de vacaciones y que hubiera algo más de información, pero qué va...
  #12  
Antiguo 09-09-2024
antoine0 antoine0 is offline
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- Entiendo que habrá VeriFactu y No-VeriFactu. El último no requiere envío de las facturas a Hacienda, pero sí guardar los XML?
Sí. También guardar un segundo registro de «eventos». Y firmar electrónicamente la grabación de cada una de las operaciones en estos dos registros.


Cita:
- Entrará entonces en vigor No-Verifactu ANTES que VeriFactu? O es que estoy más confundido de lo que pensaba?
No: los dos van en el mismo paquete, la ley Antifraude (11/2021). Con un único responsable, Hacienda. Viene con su reglamento ya publicado (RDL 1007/2023) que es el asunto de este hilo. Entrada en vigor el 1/7/2025 para los contribuyentes, y a los 9 meses de la publicación de las modalidades técnicas (solo conocemos borradores) para los informáticos, y a los 9 meses de la puesto en funcionamiento del servicio web para hacerlo funcionar en real (y no hemos visto ningún portal de pruebas hasta ahora.) Ah, y las que están en el SII (empresas «grandes») están exentas.

Nota que si nada cambia ante del final de este mes, vamos de camino a la situación interesante donde las requisitos para las empresas y los autónomos de España les serán exigibles sin serlos para sus proveedores de IT...

Cita:
- Todo esto es independiente a que el software deba cumplir con la Ley Antifraude, o Crea y Crece o como se llame ahora o dentro de un mes: evitar que se borren registros, o se modifiquen, llevar un LOG de los cambios, blablabla
La ley Antifraude es una cosa, y la ley Crea-y-Crece (18/2022) es otra. Esta última, que NO es el asunto de este hilo, es la que debería instaurar la factura electrónica por completo, depende de dos o tres ministerios, solo tiene borrador, y tiene un calendario de aplicación por tramo: 12 meses de la publicación del reglamento (15/9/2025 como más pronto) para la recepción de facturas y su emisión para empresas y autónomos con más de 8M€ de facturación, y 24 meses (2026 o más) para la emisión de sus facturas por los autónomos y empresas con menos facturación.

Lo de evitar que se borren o se modifiquen registros ¡ya existe desde mucho tiempo! La ley Antifraude añadió sanciones más severas en esta materia. Y Veri*factu/no-Veri*factu (el reglamento, éste hilo) es un escalón más en la misma dirección.
Lo de los LOG («eventos») sobre los registros de facturación que sigan obligatorios y con una forma definida es solo parte del no-Veri*factu. No se admiten cambios de estos registros.

Registros de los cambios de software o cosas similares no recuerdo haber visto en ningún de estos textos; en el reglamento de la ley Antifraude hay la necesidad por el productor de suministrar una «declaración responsable», pero no está dicho cómo asegurarse internamente de dicha responsabilidad.
  #13  
Antiguo 09-09-2024
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Plazos implementacion

Buenas,


Si aún no ha salido la orden ministerial y creo que ni se le espera en este mes .... lo lógico seria que la entrada en vigor de este quebradero de cabeza se dejara para el 2026 como mínimo , no???? Lo de ...."en enero del 2025 voluntario y en julio obligatorio" a mi entender va ha ser imposible dejando los nueve meses a los desarrolladores para la adecuación obligatoria de los sistemas a partir de la publicacion en el boe . No creo que sean tan linces de obligarnos a funcionar con este lio en el ultimo trimestre del 2025 a toda españa, no?



Que pensais al respecto?


un saludo
  #14  
Antiguo 10-09-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
"Alguién" me ha dicho que próxima fecha verifactu será 1/1/26.
Pero personalmente croe que tampoco les da tiempo
  #15  
Antiguo 10-09-2024
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Si tenemos 9 meses para el desarrollo.
Si entra en vigor el 1 de Julio de 2025, el reglamento o se publica antes del 1 Octubre, o ya es numericamente imposible.
Asi a rezar porque se prorrogue hasta 2026.
Clecio
  #16  
Antiguo 10-09-2024
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La ley Antifraude es una cosa, y la ley Crea-y-Crece (18/2022) es otra. Esta última, que NO es el asunto de este hilo,...

Tienes toda la razón para no mezclar cosas y no liar al personal.
En cuanto tenga un momento creo otro hilo al respecto y lo anuncio.

Ya está creado aquí:
https://www.clubdelphi.com/foros/showthread.php?t=96838

Gracias.
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Última edición por Neftali [Germán.Estévez] fecha: 10-09-2024 a las 12:30:48.
  #17  
Antiguo 10-09-2024
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Hay otro hilo que ya estaba hablando de esto y es el de Facturas Electronicas
  #18  
Antiguo 10-09-2024
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Hay otro hilo que ya estaba hablando de esto y es el de Facturas Electronicas

Dime cual es y si es pertinente lo uno al recién creado.
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  #19  
Antiguo 10-09-2024
antoine0 antoine0 is offline
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Hay otro hilo que ya estaba hablando de esto y es el de Facturas Electronicas
Muy cierto. Pero el problema son los monikers (¿cómo se dice esto en castellano? ¿apellidos? ¿apodos?)
El hilo sobre las facturas electrónicas, que empiezo en ¡2015! no está suficientemente relacionado con el moniker "Crea-y-crece", que está en todas las conversaciones ahora (y ha fomentado la confusión a la cuál he contestado arriba.)
  #20  
Antiguo 11-09-2024
espinete espinete is offline
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Pues yo sigo pensando que lo que han hecho no es la mejor forma de hacer las cosas:

- liarnos con "Ley Antifraude" y "Ley Crea y Crece" cuando ambas hablan de factura electrónica
- liarnos con VeriFactu y No VeriFactu.
- liarnos primero con el SII, con FacturaE...
- liarnos con lo del software que no permita borrar/modificar registros por un lado y la factura electrónica por otro

No sé, debería estar TODO englobado donde mismo. Sin tanto nombre, etiqueta, ley, etc.
Pero así funcionan las cosas en este país: parches, parches y parches en vez de las cosas bien hechas desde el principio.

Y mira que han tenido tiempo de fijarse de otros países que llevan años de ventaja con esto. Pero no, aquí vamos parcheando ocurrencias cada 6 meses, y luego somos los desarrolladores los perjudicados.

Llevamos ya unos años que parece que trabajamos para Hacienda exclusivamente.


Cita:
Empezado por antoine0 Ver Mensaje
Sí. También guardar un segundo registro de «eventos». Y firmar electrónicamente la grabación de cada una de las operaciones en estos dos registros.



No: los dos van en el mismo paquete, la ley Antifraude (11/2021). Con un único responsable, Hacienda. Viene con su reglamento ya publicado (RDL 1007/2023) que es el asunto de este hilo. Entrada en vigor el 1/7/2025 para los contribuyentes, y a los 9 meses de la publicación de las modalidades técnicas (solo conocemos borradores) para los informáticos, y a los 9 meses de la puesto en funcionamiento del servicio web para hacerlo funcionar en real (y no hemos visto ningún portal de pruebas hasta ahora.) Ah, y las que están en el SII (empresas «grandes») están exentas.

Nota que si nada cambia ante del final de este mes, vamos de camino a la situación interesante donde las requisitos para las empresas y los autónomos de España les serán exigibles sin serlos para sus proveedores de IT...


La ley Antifraude es una cosa, y la ley Crea-y-Crece (18/2022) es otra. Esta última, que NO es el asunto de este hilo, es la que debería instaurar la factura electrónica por completo, depende de dos o tres ministerios, solo tiene borrador, y tiene un calendario de aplicación por tramo: 12 meses de la publicación del reglamento (15/9/2025 como más pronto) para la recepción de facturas y su emisión para empresas y autónomos con más de 8M€ de facturación, y 24 meses (2026 o más) para la emisión de sus facturas por los autónomos y empresas con menos facturación.

Lo de evitar que se borren o se modifiquen registros ¡ya existe desde mucho tiempo! La ley Antifraude añadió sanciones más severas en esta materia. Y Veri*factu/no-Veri*factu (el reglamento, éste hilo) es un escalón más en la misma dirección.
Lo de los LOG («eventos») sobre los registros de facturación que sigan obligatorios y con una forma definida es solo parte del no-Veri*factu. No se admiten cambios de estos registros.

Registros de los cambios de software o cosas similares no recuerdo haber visto en ningún de estos textos; en el reglamento de la ley Antifraude hay la necesidad por el productor de suministrar una «declaración responsable», pero no está dicho cómo asegurarse internamente de dicha responsabilidad.
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