Cita:
Empezado por Franche
la forma en la que nosotros hemos optado y también varios programas que hemos comprobado y hablado con los programadores es la siguiente :
1) hacemos una factura Nº: 2024-1 Importe: 1.000,55€
2) nos hemos equivocado o ha pasado cualquiera de las opciones que te puedas imaginar.
3) hacemos rectificativa Nº: RECT24-1 Importe: -1.000,55€ (las lineas de la factura idénticas a la Factura Nº: 2024-1 pero en el campo cantidad en negativo, lo que hace que los importes sean negativos) con lo cual una factura salda la otra. importante !!! el programa no dejará tocar nada de esta factura rectificativa para que el usuario no pueda manipular y crear otro fallo)
4) creas otra vez la factura nueva definitiva : Nº : 2024-2
De esta forma el usuario no puede equivocarse en la rectificativa, y si tienes un error en la factura inicial lo tienes superfacil para seguir trabajando.
Porque el problema de las rectificativas , y tenerlo muy claro, es el bombardeo de preguntas que vamos a recibir de nuestros clientes con dudas y preguntas del tipo : porqué ... ? y porqué ... ? y van a ser infinitas y al final parte de la culpa nos la echarán a nosotros no a nuestros mandatarios AEAT que tanto amamos.
Si alguien tiene alguna duda o quiere ponerse en contacto con nosotros en privado porque no estar aquí poniendo tantísimas preguntas repetidas, por mí ningún problema.
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El procedimiento que propones no es correcto.
Cuando se quiere rectificar una factura mediante ese método (anular en negativo y luego emitir con los cambios) NO se puede emitir en primer lugar una factura Rectificativa en negativo.
Debes emitir primero una factura ordinaria en negativo de forma automática sin intervención del usuario y luego, emitir una rectificativa por sustitución con los cambios pertinentes.
Léete los procedimientos de rectificación en 2 pasos establecidos en las preguntas frecuentes del SII o acude a esta consulte vinculante de la Dirección General de Tributos
https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V0706-19