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  #1  
Antiguo 17-09-2024
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[newtron] newtron is offline
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newtron Va camino a la fama
Y digo yo..... Con tanta posibilidad de modificaciones/anulaciones/rectificaciones... ¿no es más sano hacer directamente factura de abono por el total y nueva factura con lo correcto?



Saludos.
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  #2  
Antiguo 17-09-2024
Sistel Sistel is offline
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Y digo yo..... Con tanta posibilidad de modificaciones/anulaciones/rectificaciones... ¿no es más sano hacer directamente factura de abono por el total y nueva factura con lo correcto?
Saludos.
Hola,

Pues algo de eso hay en la normativa de la Agencia Tributaria:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...ificacion.html

Cita:
Cuando la modificación de la base imponible sea consecuencia de la devolución de mercancías o de envases y embalajes y por la operación en la que se entregaron se hubiese expedido factura o factura simplificada, no será necesaria la expedición de una factura o factura simplificada rectificativa, sino que se podrá practicar la rectificación en la factura que se expida por una operación posterior que tenga el mismo destinatario siempre que el tipo impositivo aplicable a todas las operaciones sea el mismo, con independencia de que el resultado sea positivo o negativo.
Parece que no siempre es obligatorio emitir una rectificativa si se trata de una devolución, por ejemplo.

Saludos
  #3  
Antiguo 17-09-2024
sglorka sglorka is offline
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Hola,

Pues algo de eso hay en la normativa de la Agencia Tributaria:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...ificacion.html



Parece que no siempre es obligatorio emitir una rectificativa si se trata de una devolución, por ejemplo.

Saludos
Este tema ya se ha hablado. Sólo puedes incluir la devolución en una factura ordinaria en el contexto en que mantienes una relación comercial continua con el cliente y en una futura venta con el mismo, le puedes incluir esa devolución, además de asegurarte que todos los tipos de impuestos de la factura son iguales a la del producto que quieres devolver. En el contexto de ventas de un tpv donde la mayoría son ventas de contado, no tendría cabida esta particularidad ya que no tienes identificado el cliente y por lo tanto no se trata de una relación comercial continua.
  #4  
Antiguo 17-09-2024
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Este tema ya se ha hablado. Sólo puedes incluir la devolución en una factura ordinaria en el contexto en que mantienes una relación comercial continua con el cliente y en una futura venta con el mismo, le puedes incluir esa devolución, además de asegurarte que todos los tipos de impuestos de la factura son iguales a la del producto que quieres devolver. En el contexto de ventas de un tpv donde la mayoría son ventas de contado, no tendría cabida esta particularidad ya que no tienes identificado el cliente y por lo tanto no se trata de una relación comercial continua.
Bueno, en el texto de la Agencia Tributaria no me ha parecido entender nada sobre la forma de cobro, ni sobre cliente con relación comercial contínua, ni de que no pueda ser una factura simplificada.
En principio, pienso que no hay por qué ser más restrictivos que lo que dice Agencia Tributaria.
Si dejan algo de mano ancha, por poca que sea, hay que aprovecharla.

Saludos
  #5  
Antiguo 17-09-2024
Sistel Sistel is offline
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Y digo yo..... Con tanta posibilidad de modificaciones/anulaciones/rectificaciones... ¿no es más sano hacer directamente factura de abono por el total y nueva factura con lo correcto?
Saludos.
La Agencia Tributaria sabe que no siempre es posible emitir factura rectificativa en el caso de una devolución total o parcial (principalmente en el caso de TPVs).
(Las facturas rectificativas deben llevar la información de a qué factura rectifican).
Y eso no siempre es posible si el cliente no devuelve con el ticket (factura) original.

Se pueden dar casos de devoluciones en otro terminal o tienda de la misma empresa donde no se tiene acceso a los datos de la factura original.
No creo que en esos casos la Agencia Tributaria pueda poner una objeción a que se haga una factura normal o simplificada de importe negativo y punto pelota.

Saludos
  #6  
Antiguo 17-09-2024
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Lo digo porque, aparte de otras cosas, creo que al cliente lo mareamos más de la cuenta con tanta posibilidad. No todo el mundo sabe lo que es una factura rectificativa, de abono, por diferencias...etc etc... y es fácil que la líen.


Saludos.
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  #7  
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exacto, ese es el principal problema que si dejas al cliente que tenga la posibilidad de hacer muchas cosas con respecto a las rectificativas eso es un problemon para los desarrolladores, el usuario la va a liar si o si y siempre, con lo cual lo suyo sería abreviar todo el tema de rectificativas a lo mínimo y automatizarlo al máximo para que el usuario no manipule, en caso contrario estamos perdidos
  #8  
Antiguo 17-09-2024
sglorka sglorka is offline
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La Agencia Tributaria sabe que no siempre es posible emitir factura rectificativa en el caso de una devolución total o parcial (principalmente en el caso de TPVs).
(Las facturas rectificativas deben llevar la información de a qué factura rectifican).
Y eso no siempre es posible si el cliente no devuelve con el ticket (factura) original.

Se pueden dar casos de devoluciones en otro terminal o tienda de la misma empresa donde no se tiene acceso a los datos de la factura original.
No creo que en esos casos la Agencia Tributaria pueda poner una objeción a que se haga una factura normal o simplificada de importe negativo y punto pelota.

Saludos
Dudo mucho que te acepten hacer una devolución en una tienda donde no presentas el documento de venta, ¿ Qué precio te pone en la devolución para cancelar la venta ? ¿ Cómo está seguro el comercio que lo compró ahí ?
  #9  
Antiguo 17-09-2024
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Dudo mucho que te acepten hacer una devolución en una tienda donde no presentas el documento de venta, ¿ Qué precio te pone en la devolución para cancelar la venta ? ¿ Cómo está seguro el comercio que lo compró ahí ?
No es raro que se presente un cliente habitual a hacer una devolución en un comercio.
Conociéndolo, el comercio no se va a arriesgar a perderlo como cliente por no aceptarle algo que trae con su etiqueta y hasta el recibo de su cargo en tarjeta.
El mundo del pequeño comercio (del cual conozco algo) es así.

Saludos
  #10  
Antiguo 17-09-2024
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No es raro que se presente un cliente habitual a hacer una devolución en un comercio.
Conociéndolo, el comercio no se va a arriesgar a perderlo como cliente por no aceptarle algo que trae con su etiqueta y hasta el recibo de su cargo en tarjeta.
El mundo del pequeño comercio (del cual conozco algo) es así.

Saludos
Pero estás yendo a una particularidad, se trata de construir algo general que valga para todos los casos. Si tienes 5 ítems de venta en la factura, aunque tengas el cargo en cuenta y no dispongas del tique sigues sin tener información del precio al que le vendiste ¿ No quieres simplificar el trabajo para tu cliente ?
  #11  
Antiguo 17-09-2024
sglorka sglorka is offline
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Si no vamos a dar soluciones constructivas, generales y que cumplan con la normativa de facturación, por mi parte, desecho la posibilidad de seguir posteando respecto de este tema. Mi intención es que alguien que entre al foro encuentre información veraz y ajustada a la normativa.
  #12  
Antiguo 17-09-2024
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Si no vamos a dar soluciones constructivas, generales y que cumplan con la normativa de facturación, por mi parte, desecho la posibilidad de seguir posteando respecto de este tema. Mi intención es que alguien que entre al foro encuentre información veraz y ajustada a la normativa.
Totalmente de acuerdo contigo, tenemos que buscar una solucion que se acomoden a la norma o reglamento y al mismo tiempo podamos amordarlo a nuestro clientes de una forma sencilla.

Esta claro que lo mas facil es rectificar y nueva factura, pero pienso que no es lo correcto, por lo menos por lo que deduzco del reglamento de Facturacion.
  #13  
Antiguo 17-09-2024
Franche Franche is offline
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Estoy de acuerdo, aún así yo podría hacer algo para tener una reunión presencial con uno de los padres de verifactu (inspector de hacienda) al que quizás tengo acceso. Podría proponerle quedar en algún sitio donde podamos ir todos los que queramos y debatir un poco toda esta problemática que se nos plantea con el tema de facturas rectificativas, porque después de hablar con varios de vosotros vía telefónica y con otros presencialmente me da la sensación de que todos tenemos razón en la forma de hacerlo pero cada uno lo hace de una forma y todos tenemos casi las mismas dudas , en fin, es un tema muy importante y delicado al mismo tiempo. ¿Que os parece?
  #14  
Antiguo 17-09-2024
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Y digo yo..... Con tanta posibilidad de modificaciones/anulaciones/rectificaciones... ¿no es más sano hacer directamente factura de abono por el total y nueva factura con lo correcto?



Saludos.
Te refieres a una factura de abono y otra factura ordinaria con lo correcto ??

Si es eso, la obligación de emitir facturas rectificativas nos la pasamos por el forro ?. Nunca habría que emitirlas ?
Si lo que quieres decir es que se emite una abono y otro rectificativa con lo correcto, es lo que estamos intentando simplificar e identificar en qué casos, tendríamos que anular o rectificar.
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