Cita:
Empezado por jguarda
To tengo una pregunta.
Si hago una factura a la 10:00 de la mañana ... que es lo que me impide enviarla a hacienda a las 17:30h.
Lo digo xq yo no guardo en nigún sitio la hora en la que emito la factura, y pienso, como van a saber los de la AEAT que se la dí al cliente, ( *** o no, xq se la puedo enviar x correo 2 días después ***), la hora en la emiti la factua.
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La norma indica lo siguiente :
Al llegar a 1000 documentos debes enviarlos. Si no has llegado a 1000 en un plazo máximo de 2 horas debes enviar lo que tengas.
La excepción es que no tengas comunicación con la AEAT o cualquier otro motivo de fuerza mayor, como que se corte la corriente antes de enviarlos, o un fallo en el router, switch, etc.
En este último caso debes generar uno o varios eventos y cuando envíes datos al registro has de indicarle el porqué no has podido enviarlos antes si es que no has cumplido la norma.
Las sanciones a priori son sustanciosas. Supongo que al principio harán la vista gorda. Pero que la AEAT sea benévola con el incumplimiento es otra cosa.
Saludos.