Cita:
Empezado por CarlosR
Yo creo haber leído que debes enviar lo pendiente si en 2 horas no llegas a los 1000. Es mas fue una discusión pasada en este mismo foro.
Y de los 60 segundos no he hablado, eso es otra historia.
Pero puedo estar equivocado. Esto estuvo cambiando día a día así que ya no aseguro nada.
¿ Tienes algún link para afirmar que lo de 2 horas no es así ?
Me gustaría saberlo porque estoy en plena faena con lo de veri*factu y NO veri*factu y quiero acabar cuanto antes con esta programación infinita.
Gracias.
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Cita:
Empezado por CarlosR
La norma dice que debe generar un registro (llamémosle tabla paralela de verifactu) inmediatamente a la expedición del documento. De ahí la necesidad de hacer prefacturas en el caso de una factura de venta y generarás la factura cuando la prefactura esté lista. La prefactura no es un documento válido ni el número de documento ha de corresponder con el de la factura. Otra cuestión son las facturas simplificadas o tickets, estos deben ser generados en el momento.
Cuando generas un documento debes añadir el susodicho registro en verifactu o como quieras llamar a la tabla.
Y ese si que es inmediato, guardando en el registro de la tabla una fecha-hora en formato UNC.
Pero desde que tengas ese registro hasta que lo envías a la AEAT puede ocurrir lo que ya le he comentado en el post anterior.
Espero haber sido claro.
Saludos.
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Buff, creo que tienes liado conceptos o no te entiendo muy bien
Como que el número de factura no tiene que coincidir.
Por otro lado cada uno trabaja según tenga el desarrollo, si tu trabajas con números temporales pues ole, pero eso cada uno...