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Antiguo 15-11-2024
sglorka sglorka is offline
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Ya puestos les he preguntado si en el caso de rechazarse una factura porque el NIF es incorrecto o no está censado si era posible corregirlo y enviar la factura como subsanación y me responden esto:


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En el caso de no identificarse correctamente un NIF de los indicados en el mensaje XML (Cabecera, emisor, destinatario, etc ) el registro queda rechazado y no se acepta en el sistema. En ese caso deben corregir el NIF y generar un nuevo registro de facturación de tipo ALTA POR RECHAZO y realizar la presentación. Solo hay una excepción a este procedimiento y es cuando el problema de identificación es en el destinatario y se obtiene el error "1123 El formato del NIF es incorrecto.. NIF: XXXXXX". Si el NIF no está censado (pero les consta que es correcto) y rechazamos la factura, la forma de proceder para enviarla se realizará identificando a la persona a través del bloque IDOtro con los siguientes contenidos: CodigoPais=ES - IDType=07. No censado – ID=NIF no censado del receptor de la factura y en el campo “NombreRazon” los datos identificativos (apellido1 apellido2 nombre). En este caso, la factura figurará como aceptada con errores con el código de error 2001.

En el caso de entorno de producción, el comportamiento será idéntico a cómo ya ocurre actualmente en el SII:
Tras presentar una factura con destinatario no censado, se inicia un proceso de auto censo. Si tras las validaciones internas pertinentes se considera que el NIF es correcto, transcurridas unas 48 horas se censa de forma automática. Son casos muy puntuales pero pueden ocurrir en ciertas ocasiones (por ejemplo, un NIE expedido por la policía recientemente y que aun no consta en el censo de la AEAT).

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Después de todo esto la verdad es que no se me ocurre cuando se puede reenviar una factura como subsanación . Al final todo van a ser altas por rechazos, rectificativas, sustitutivas, etc.

Saludos.

A ver, el Alta x Rechazo es una Subsanación. Cada técnico al que se le pregunta, normalmente, no se explica de forma correcta y te induce a errores, es raro el técnico que te explica algo y te queda claro. La respuesta que posteaste ayer es de las más claras que he visto y debería ser el camino a seguir para resolver estos problemas.

Fíjate en esa respuesta lo que te dice
"Si son errores no contemplados en el ROF pero que no afectan a campos del registro de facturación (RF) generado al emitir la factura, se corrige la factura sin que sea preciso rectificar el RF generado."
Por ejemplo la cabecera del mensaje (no del registro de facturación) , si está mal el Nif o el nombre del Obligado, puedes hacer una modificación de tu mensaje sin tocar la factura y enviar una subsanación de Alta x Rechazo.

Si lo que está mal es Nif del Emisor de factura en el nodo IDFactura que pertenece al registro de facturación, entonces como este campo sí está regulado por el ROF (Nif del emisor incorrecto), debes generar una rectificativa con el Nif correcto y enviarla como alta nueva.

Si lo que está mal es el NIf del destinatario dentro del registro de facturación, entonces como este campo sí está regulado por el ROF (Nif del destinatario incorrecto), debes generar una rectificativa con el Nif correcto y enviarla como alta nueva

Si el nif del destinatario es válido y no está censado no estás incumpliendo el ROF, por lo tanto puedes enviar una subsanación (error 1123) con los datos de Nif no censado
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A ver, el Alta x Rechazo es una Subsanación. Cada técnico al que se le pregunta, normalmente, no se explica de forma correcta y te induce a errores, es raro el técnico que te explica algo y te queda claro. La respuesta que posteaste ayer es de las más claras que he visto y debería ser el camino a seguir para resolver estos problemas.

Fíjate en esa respuesta lo que te dice
"Si son errores no contemplados en el ROF pero que no afectan a campos del registro de facturación (RF) generado al emitir la factura, se corrige la factura sin que sea preciso rectificar el RF generado."
Por ejemplo la cabecera del mensaje (no del registro de facturación) , si está mal el Nif o el nombre del Obligado, puedes hacer una modificación de tu mensaje sin tocar la factura y enviar una subsanación de Alta x Rechazo.

Si lo que está mal es Nif del Emisor de factura en el nodo IDFactura que pertenece al registro de facturación, entonces como este campo sí está regulado por el ROF (Nif del emisor incorrecto), debes generar una rectificativa con el Nif correcto y enviarla como alta nueva.

Si lo que está mal es el NIf del destinatario dentro del registro de facturación, entonces como este campo sí está regulado por el ROF (Nif del destinatario incorrecto), debes generar una rectificativa con el Nif correcto y enviarla como alta nueva

Si el nif del destinatario es válido y no está censado no estás incumpliendo el ROF, por lo tanto puedes enviar una subsanación (error 1123) con los datos de Nif no censado

Ok gracias por la aclaración. A ver cómo planteamos todo esto para que el usuario medio sea capaz de manejarlo (que lo veo complicado). Me estoy viendo poniendo un canal de atención exclusivo de atención al cliente que se llame "Ñapas VeriFactu"... Cuando llame alguien se responderá con un..."Ha llamado a Ñapas VeriFactu. ¿En qué puedo ayudarle?"
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El NIF del obligado es igual al nif del emisor por lo que tenía entendido hasta ahora, con este mensaje anterior me sembro la duda. Es la empresa (obligado) el que genera la factura (emisor).
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  #4  
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Y ya puestos y como me atienden tan amablemente y con tanto detalle les he preguntado en qué situaciones se puede enviar la factura como subsanación. Esta es la respuesta:



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Si son errores no contemplados en el Reglamento de Obligaciones de Facturación, pero que afectan a campos del registro de facturación (RF) generado al emitir la factura, se debe corregir la factura y se debe dar de alta un Registro de Facturación de alta de subsanación con los datos pertinentes. Por ejemplo, un registro presentado con una huella o hash erróneo es algo que no está contemplado en el reglamento de facturación, solo en los registros de facturación. Por lo tanto, se debe presentar un nuevo registro de facturación de tipo ALTA DE SUBSANACION.

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Saludos.
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