Club Delphi  
    Paypal   FTP   CCD     Buscar   Trucos   Trabajo   Foros

Retroceder   Foros Club Delphi > Proyecto SIF/Veri*Factu/Ley Antifraude > Temas legales
Registrarse FAQ Miembros Calendario Guía de estilo Buscar Temas de Hoy Marcar Foros Como Leídos

Respuesta
 
Herramientas Buscar en Tema Desplegado
  #1  
Antiguo 26-05-2025
RanNav RanNav is offline
Miembro
 
Registrado: sep 2024
Ubicación: La Rioja
Posts: 55
Poder: 2
RanNav Va por buen camino
Se lo consulté a la AEAT y aquí la respuesta, por lo que dicen, se podrá emitir la factura simplificada con el QR aunque aún no se haya emitido y, de ser rechazada, no sería un problema mientras se corrija cuanto antes... Aunque esto seguiría dejando al cliente con una factura simplificada que si la consulta le sale que no existe...

Resalto en negrita la respuesta de la AEAT para que se entienda el flujo de los mensajes.

Cita:
Buenos días,
Tengo un par de dudas sobre la emisión de Registros de facturación de facturas simplificadas en sistemas adaptados a Verifactu.
Nos ponemos en el contexto que estamos en un bar o restaurante que están constantemente sacando facturas simplificadas, entre estas se debe tener un tiempo de espera que suele ser 60 segundos para emitir los RF generados a la AEAT. En este supuesto, ¿la persona responsable de estar sacando las facturas simplificadas cómo debe actuar?

Por un lado, le informamos que el envío de los registros de facturación "RF" (que no de las facturas mismas) debe producirse en los términos del artículo 16.1 del RRSIF (reglamento de los requisitos de los sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre) de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente. Para otorgar el carácter de instantánea a la remisión (lo cual puede entenderse como inmediatamente después de la expedición de las facturas, sin que exista una demora, o, si esta existe, que sea mínima), se ha establecido un mecanismo en el que si se superan los 240 segundos (actualmente es el umbral establecido) entre la fecha y hora de generación del registro (campo "FechaHoraHusoGenRegistro" del registro de facturación) y su recepción en los sistemas de la AEAT (campo "TimeStampPresentacion" de la respuesta obtenida) el registro se aceptará pero en estado "Aceptado con errores" e indicando el error 2004: El valor del campo FechaHoraHusoGenRegistro debe ser la fecha actual del sistema de la AEAT, admitiéndose un margen de error de: 240 segundos. Este error se excepciona de la necesidad de ser subsanado por lo que no será necesaria ninguna operación posterior.

Por otro lado, se ha establecido un mecanismo de control de flujo que determina que deben transcurrir 60 segundos tras la última presentación o bien acumular 1000 registros a enviar, la circunstancia que ocurra primero, para poder remitir el siguiente envío. Por lo tanto, el sistema debe acumular los registros generados durante los 60 segundos de espera y remitirlos en una única remisión de forma agrupada una vez superado el tiempo de espera.


•¿Debería esperar a que se pase ese tiempo de espera para poder emitir el RF de la factura simplificada, que te devuelva la respuesta de que haya sido aceptada y entonces imprimirla con el código QR correspondiente? En este caso, no es viable tener que hacer esperar a esta persona a que se emita el RF a la AEAT, ya que el retraso que esto generaría y los tiempos de espera para cobrar…


No, no es necesario esperar. Los registros de facturación generados se deberán ir acumulando para remitirse de forma agrupada en cuanto se supere el tiempo de espera.


•¿Se debería imprimir la factura simplificada con el código QR correspondiente aunque aún no se haya emitido la factura a la AEAT? Esta tiene las limitaciones de que, lo primero, se está entregando una factura simplificada que aún no ha sido admitida, la segunda, que si por algún casual el envío te devuelve un error, has entregado al cliente una factura simplificada que no existe en la AEAT y puede comprobarse por medio del QR, que está mal y que debes proceder a su rectificación/subsanación/anulación…


No es necesario esperar a la respuesta de la AEAT para imprimir y entregar la factura simplificada o tiques. Tenga en cuenta que el reglamento VERI*FACTU no altera el Reglamento de Obligaciones de Facturación, por lo que no debería afectar a los procedimientos que ya realizan habitualmente. Ante errores en la facturación le recomendamos proceder de la forma detallada en el documento de FAQS para desarrolladores, en su pregunta número 17:

https://www.agenciatributaria.es/sta...rolladores.pdf


No sé cómo debería comportarse mi SIF ante esta situación. Además, en caso de dar algún error algún RF generado a partir de una factura simplificada, ¿se debe hacer que la persona que está cobrando en caja se encargue de hacer la corrección correspondiente en el momento para poder entregar al cliente una factura que esté aceptada? Aquí volvería el problema de que generaría retrasos y parones.


Cuando haya que generar (y, en su caso, remitir) un RF de alta de subsanación o un RF de anulación, esto deberá hacerse en cuanto sea posible tras realizar las acciones que procedan -según el caso- para solucionar el error, no existiendo, en principio, un plazo máximo fijado para ello
Espero que os sirva de ayuda!
Responder Con Cita
  #2  
Antiguo 25-07-2025
emailesc emailesc is offline
Miembro
 
Registrado: jul 2023
Posts: 281
Poder: 3
emailesc Va por buen camino
Yo tengo una duda respecto a esto del control de flujo. Entiendo que el limite actual de tiempo "establecido" son 240 segundos, que está por encima de los 60 segundos que devuelve la respuesta "normal" ahora mismo. Sin embargo el control de flujo está para que si se les saturan los servidores, aumentar los tiempos entre envíos. El día que se les saturen (que lo harán), si te dan un tiempo entre envíos de 1 hora, ¿¿¿ hay que marcar los registros que pasen de 240 segundos de su generación como incidencia ???
Responder Con Cita
  #3  
Antiguo 25-07-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 2.761
Poder: 7
ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por emailesc Ver Mensaje
Yo tengo una duda respecto a esto del control de flujo. Entiendo que el limite actual de tiempo "establecido" son 240 segundos, que está por encima de los 60 segundos que devuelve la respuesta "normal" ahora mismo. Sin embargo el control de flujo está para que si se les saturan los servidores, aumentar los tiempos entre envíos. El día que se les saturen (que lo harán), si te dan un tiempo entre envíos de 1 hora, ¿¿¿ hay que marcar los registros que pasen de 240 segundos de su generación como incidencia ???
Hola
No son 240 segundos
Es el tiempo que te envian de espera +180
Si son 60 será 60+180
Si es una hora será 3600+180
Responder Con Cita
  #4  
Antiguo 26-07-2025
emailesc emailesc is offline
Miembro
 
Registrado: jul 2023
Posts: 281
Poder: 3
emailesc Va por buen camino
Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Hola
No son 240 segundos
Es el tiempo que te envian de espera +180
Si son 60 será 60+180
Si es una hora será 3600+180
Entendido, gracias !!!
Responder Con Cita
  #5  
Antiguo 28-07-2025
novatico novatico is offline
Miembro
 
Registrado: dic 2022
Posts: 370
Poder: 4
novatico Va por buen camino
Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Hola
No son 240 segundos
Es el tiempo que te envian de espera +180
Si son 60 será 60+180
Si es una hora será 3600+180
Disculpa, ya he visto que has respondido esto mismo en otras ocasiones. Esto te ha venido en alguna respuesta de la AEAT o figura en alguna documentación ??.
Si es esto último, me la indicas por favor ?
Responder Con Cita
  #6  
Antiguo 28-07-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 2.761
Poder: 7
ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por novatico Ver Mensaje
Disculpa, ya he visto que has respondido esto mismo en otras ocasiones. Esto te ha venido en alguna respuesta de la AEAT o figura en alguna documentación ??.
Si es esto último, me la indicas por favor ?
Nada novatico.
Esto ya se ha comentado, pero te digo.
No estan documentados los periodos de gracia(tiempo adicional al que marca la normativa), solo puedes verificarlo o al correo de verifactu o realizando pruebas pasandote los tiempos de envio y esperar el error.

Y cual es el tiempp que marca el reglamento?
Pues ya aabes que te devuelven [t] y debes enviar inmediatamente, pero hay que tener en cuenta otros parametros, el reglamento también te deja un margen de desfawe de tu reloj contra los sevivios de sincronización mundiales de 1 minuto, cosa que clmplica los calculos para los desarrolladores.
El primer periodo de gracia que pusieron eran + 60 segundos despues del tiempo de espera, pero si haces los calculos verás que tenia un fañlo. Y así se oos transmití, ya que si tu reloj tiene justo un desfase de 60 segunfos y esperaas los 60, el enbio minimo tardará unas decimas de segundo y se pasaŕá del tiempo. Con lo vual me informaron que lo aumentarian.
Por otro lado, si te pones en sus zapatos veras que ese tiempo no es un capricho ni para que veamos las bienas personas que son, es una variable que puede estar sujeta a más cambios según como les vaya yendo en los inicios, pero parexe que ya con los 180 segundos adicionales ya van a parar.
Pero si ven que en unos meses se les ponen ños sevidores lentos.quien lo va a sufrir?, sí exavñcto, los envios, y es facil que en ciertas horas del día se quede enganchado el envio durante bastantes segundos, y no les conviene tener miles de incidencias, por que si no eso no hay quien lo filtre.
Mi recomemdaxcion es que tengais juna variable global para ese periodo de gracia y no la metais a pelo en el control de flujos.
Responder Con Cita
  #7  
Antiguo 29-07-2025
novatico novatico is offline
Miembro
 
Registrado: dic 2022
Posts: 370
Poder: 4
novatico Va por buen camino
Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Nada novatico.
Esto ya se ha comentado, pero te digo.
No estan documentados los periodos de gracia(tiempo adicional al que marca la normativa), solo puedes verificarlo o al correo de verifactu o realizando pruebas pasandote los tiempos de envio y esperar el error.

Y cual es el tiempp que marca el reglamento?
Pues ya aabes que te devuelven [t] y debes enviar inmediatamente, pero hay que tener en cuenta otros parametros, el reglamento también te deja un margen de desfawe de tu reloj contra los sevivios de sincronización mundiales de 1 minuto, cosa que clmplica los calculos para los desarrolladores.
El primer periodo de gracia que pusieron eran + 60 segundos despues del tiempo de espera, pero si haces los calculos verás que tenia un fañlo. Y así se oos transmití, ya que si tu reloj tiene justo un desfase de 60 segunfos y esperaas los 60, el enbio minimo tardará unas decimas de segundo y se pasaŕá del tiempo. Con lo vual me informaron que lo aumentarian.
Por otro lado, si te pones en sus zapatos veras que ese tiempo no es un capricho ni para que veamos las bienas personas que son, es una variable que puede estar sujeta a más cambios según como les vaya yendo en los inicios, pero parexe que ya con los 180 segundos adicionales ya van a parar.
Pero si ven que en unos meses se les ponen ños sevidores lentos.quien lo va a sufrir?, sí exavñcto, los envios, y es facil que en ciertas horas del día se quede enganchado el envio durante bastantes segundos, y no les conviene tener miles de incidencias, por que si no eso no hay quien lo filtre.
Mi recomemdaxcion es que tengais juna variable global para ese periodo de gracia y no la metais a pelo en el control de flujos.
Muchas gracias y suerte a TODOS a partir de hoy: Día D hora H
Responder Con Cita
  #8  
Antiguo 30-07-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 2.761
Poder: 7
ermendalenda Va por buen camino
De preguntas y respuestas
Cita:
La inmediatez del envío a VERI*FACTU es parte del sistema de seguridad de los registros de facturación, por lo que se aplica en todos los casos. Por otro lado, el contraste de la operación por el cliente utilizando el código QR, característico de los sistemas VERI*FACTU, solo puede realizarse si el envío se produce con inmediatez. Por lo tanto, el envío de las facturas simplificadas debe producirse en un caso como el mencionado de forma inmediata, respetando los tiempos técnicos exigidos por el control de flujo de información que la Sede Electrónica establezca.
Responder Con Cita
Respuesta


Herramientas Buscar en Tema
Buscar en Tema:

Búsqueda Avanzada
Desplegado

Normas de Publicación
no Puedes crear nuevos temas
no Puedes responder a temas
no Puedes adjuntar archivos
no Puedes editar tus mensajes

El código vB está habilitado
Las caritas están habilitado
Código [IMG] está habilitado
Código HTML está deshabilitado
Saltar a Foro

Temas Similares
Tema Autor Foro Respuestas Último mensaje
Costes Envíos de GCM (Google Push) rabata2001 Varios 0 10-05-2016 10:24:26
envios de email me da error pmfras Varios 1 29-03-2014 05:28:56
Creación De Paquetes Y Envíos Con La Librería Winpcap sintecsl Internet 0 09-01-2011 08:53:40
Como capturar los envios a la impresora Alexandro Varios 2 11-02-2009 14:08:36
Compresion y envios cortos rastafarey Firebird e Interbase 3 23-11-2005 15:04:08


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 07:04:23.


Powered by vBulletin® Version 3.6.8
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi
Copyright 1996-2007 Club Delphi