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  #1  
Antiguo 19-06-2025
sglorka sglorka is offline
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sglorka Va por buen camino
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Estamos valorando implementar la gestión de facturas rectificativas añadiendo nuevos campos a la tabla de albaranes de venta: serie_rectificativa, factura_rectificativa y tipo_rectificativa.

Para el caso de las rectificativas por sustitución, el proceso se realizará en dos pasos:

Generación de factura negativa (abono):
Se emitirá una factura en negativo (tipo F1) utilizando los mismos albaranes originales, pero con importes en negativo.

Clonado de albaranes originales:
Se clonarán los albaranes originales, indicando en los nuevos registros los campos serie_rectificativa, factura_rectificativa y que son del tipo "S" (sustitución).
El cliente podrá modificar estos albaranes según sea necesario. Posteriormente, al facturarlos, ya se contará con la información de la factura original para generar la correspondiente rectificativa.

Además, se implementarán ciertos controles de seguridad, como por ejemplo:

No permitir el borrado de todos los albaranes asociados a una rectificativa, evitando errores como "se me olvidó generar la rectificativa" o "no me avisó de que tenía que crearla".

Impedir la facturación dentro de una serie de rectificativas si los nuevos campos obligatorios no están cumplimentados correctamente.

En cuanto a las rectificativas por diferencia, el cliente podrá crear un nuevo albarán de venta e indicar que está asociado a una determinada serie y factura que se desea rectificar, especificando que el tipo es "por diferencia".

Seguramente habrá que añadir algún control adicional, pero esta es la idea base con la que vamos a trabajar.
Ahora sí vas bien encaminado, si me permites una puntualización te la detallo aquí :

Tanto los albaranes en negativo (o cambiados de signo ) que crees para formar el abono, como los albaranes que vas a clonar para formar la rectificativa final, deben tener como fecha de expedición la fecha en la que haces la rectificación y como fecha de operación (muy importante) la fecha de operación del albarán original. Al final, la factura de abono tiene como fecha de operación la del último albarán que contiene y como fecha de expedición la del día de la rectificación, y lo mismo ocurre con la rectificativa final. Todo esto para la rectificación por sustitución en dos pasos.
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  #2  
Antiguo 22-06-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Hola, cuidado con lo de modificar albaranes.
Aunque la modificación de albaranes no está reglamentado en Veri*Factu, sí que se hace referencia a ello en la normativa general de ley antifraude, y, de alguna forma tienes que tener registrado esos cambios que permitan una auditoria (trazabilidad) de esos cambios: borrado de lineas, cambios en los registros... Y si tienes otro nivel de gestion antes del albarán, por ejemplo pedidos, lo mismo para esto.
En muchas consultas a Veri*Factu en las que se relaciona el registro de factura con algo de pedidos, prefacturas, proformas... están haciendo menciendo a ésta parte de la ley antifraude en lo relacionado a los registros informáticos.
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  #3  
Antiguo 23-06-2025
RUBEN_SP RUBEN_SP is offline
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RUBEN_SP Va por buen camino
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Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Hola, cuidado con lo de modificar albaranes.
Aunque la modificación de albaranes no está reglamentado en Veri*Factu, sí que se hace referencia a ello en la normativa general de ley antifraude, y, de alguna forma tienes que tener registrado esos cambios que permitan una auditoria (trazabilidad) de esos cambios: borrado de lineas, cambios en los registros... Y si tienes otro nivel de gestion antes del albarán, por ejemplo pedidos, lo mismo para esto.
En muchas consultas a Veri*Factu en las que se relaciona el registro de factura con algo de pedidos, prefacturas, proformas... están haciendo menciendo a ésta parte de la ley antifraude en lo relacionado a los registros informáticos.
En https://www.agenciatributaria.es/sta...rolladores.pdf habla desde los albaranes, no dice nada de pedidos ni documentos anteriores como presupuestos
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  #4  
Antiguo 23-06-2025
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gcqZW gcqZW is offline
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gcqZW Va por buen camino
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Aunque la modificación de albaranes no está reglamentado en Veri*Factu, sí que se hace referencia a ello en la normativa general de ley antifraude
En la ley, no en las FAQ's de desarrolladores.
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  #5  
Antiguo 23-06-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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En la ley, no en las FAQ's de desarrolladores.
Y en las respuestas que te dan en los correos, que no esté en las Faqs ni en el reglamento verifactu, parece qie no es excluyente, al menos así lo transmiten, otra cosa es que sea discutible.
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  #6  
Antiguo 23-06-2025
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gcqZW gcqZW is offline
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gcqZW Va por buen camino
O sea, que podría darse el caso de que no salga ninguna información en ningún lado, pero si lo han dicho en una respuesta a una consulta (la cual el consultor no comparte), nos quedemos sin saber una obligación o una forma de proceder??? (No esta muy bien redactado que digamos jeje).
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  #7  
Antiguo 27-06-2025
jakematespain jakematespain is offline
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jakematespain Va por buen camino
Siguiendo con las dudas

Buenas, tengo alguna duda de cómo proceder, como comenta gizmo2025. Si un cliente factura 100 albaranes y tiene que modificar un albarán por qué el PvP estaba mal por ejemplo, que tendría que hacer,generar una factura de abono de los 100 albaranes y luego otra rectificativa por sustitución esos 100 albaranes? Crear un albarán en negativo del que está mal, crear el albarán nuevo corrigiendo en PvP y facturar los dos albaranes juntos , en este caso se trataría como una factura tipo f1? Otra opción, generar esos dos albaranes y no facturarlos hasta final de mes para que entre en la facturación mensual, está también sería una factura f1. Entiendo que si es un error en todos o la mayoría de los albaranes, lo suyo es hacer abono, generar los albaranes correctos y con esos hacer la rectificativa pero si es en un albarán no sé si es correcto lo que digo, que opináis?
Gracias.
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