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  #1  
Antiguo 29-08-2025
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[newtron] newtron is offline
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newtron Va camino a la fama
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Entonces cada vez son menos los que se pueden escapar del aro de VeriFactu. Muchas gracias newtron
No hace mucho me dijo una cliente que ella no estaba obligada a VeriFactu porque estaba en modulos y no supe que decirle.

Nada hombre. El problema es que hay mucha confusión porque sueltan la ley y hay multitud de cosas que hay que interpretar y cada uno (incluidos los de la aeat) la interpreta a su manera. Entre nosotros mismos, y eso que no paramos de darle vueltas al tema, hay discrepancias pero este tema en particular yo creo que está bastante claro.


Saludos.
__________________
Be water my friend.
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  #2  
Antiguo 29-08-2025
Carlos Carlos is offline
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Carlos Va por buen camino
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Nada hombre. El problema es que hay mucha confusión porque sueltan la ley y hay multitud de cosas que hay que interpretar y cada uno (incluidos los de la aeat) la interpreta a su manera. Entre nosotros mismos, y eso que no paramos de darle vueltas al tema, hay discrepancias pero este tema en particular yo creo que está bastante claro.
Saludos.
El sr. pintor/fontanero/electricista/... que hace 4 ó 5 ó 'n' facturas al mes, si las hace con Word, Notepad, Writer, ... (o con bolígrafo [esferográfica, bonita palabra]) no está obligado a Veri*factu; independientemente de si está en módulos o no.
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  #3  
Antiguo 29-08-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Que yo sepa, estes o no estes en módulo, si no quueres informatizar no tienes que hacer verifactu.
Otra cosa es que tengas que dar un tiquet si no estas en módulo y éste puede ser a papel y boli con una libreta de facturas antiguas, ak igual que si usas una registradora antigua sin memoria de tiquets con su rollo de control de papel de copia, tampoco tendira que pasar por el aro, como mucho si quiere usar el programa gratuito de la aeat para emitit facturas ordinarias, esas iran ppr verifactu. No hay SIF no hay verifactu. No hace falta pasar a módulos.
Y passr a módulos al final te van a cascar lo más grande,y eso si te lo admiten y no pasas del importe maximo cusndo estimen la facturacion, por que estos casos(para autonomks) dependen de varios parametros: tamaño local, ubicación, capacidad de personas, tipo de negocio, mesas, etc... con lo cual el movmiento probablemente salga negativo.

Última edición por ermendalenda fecha: 29-08-2025 a las 17:15:34.
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  #4  
Antiguo 01-09-2025
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thinkows Va por buen camino
La vuelta de vacaciones anima el cotarro

Os dejo dos link de sendos artículos :


https://www.lagacetadesalamanca.es/s...102001-nt.html


https://www.autonomosyemprendedor.es...357045178.html

Lo de la sanción de 1000€ no la había visto hasta ahora o se me ha pasado por alto ...


A la fabricación, producción y comercialización de sistemas informáticos que no cumplan con el reglamento se impondrá una sanción de 150.000 euros fijos por cada ejercicio económico en el que se hayan producido ventas de este tipo de sistemas informáticos y por cada tipo distinto de estos que sea objeto de la infracción.

Por otro lado, cuando no se certifiquen dichos sistemas informáticos estando obligados a ello, se sancionará con 1.000 euros por sistema informático comercializado sin dicha certificación.

Para los autónomos y empresas, ya será sancionable con 50.000 euros el mero hecho de tener sistemas informáticos que no se ajusten a lo establecido en el reglamento, cuando no estén debidamente certificados o cuando se hayan alterado o modificado los dispositivos certificados.
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  #5  
Antiguo 01-09-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Os dejo dos link de sendos artículos :


https://www.lagacetadesalamanca.es/s...102001-nt.html


https://www.autonomosyemprendedor.es...357045178.html

Lo de la sanción de 1000€ no la había visto hasta ahora o se me ha pasado por alto ...


A la fabricación, producción y comercialización de sistemas informáticos que no cumplan con el reglamento se impondrá una sanción de 150.000 euros fijos por cada ejercicio económico en el que se hayan producido ventas de este tipo de sistemas informáticos y por cada tipo distinto de estos que sea objeto de la infracción.

Por otro lado, cuando no se certifiquen dichos sistemas informáticos estando obligados a ello, se sancionará con 1.000 euros por sistema informático comercializado sin dicha certificación.

Para los autónomos y empresas, ya será sancionable con 50.000 euros el mero hecho de tener sistemas informáticos que no se ajusten a lo establecido en el reglamento, cuando no estén debidamente certificados o cuando se hayan alterado o modificado los dispositivos certificados.
Pues hay poca diferencia entre la sancion por comercializar sistemas no adaptadoa(150.000€ por ejercicio y empresa) y no cerrificarlos(1000euros) esto debe ser lo del famoso boton de activar cuando el cliente quiera.
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  #6  
Antiguo 01-09-2025
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thinkows Va por buen camino
Sanción 1000€

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Pues hay poca diferencia entre la sancion por comercializar sistemas no adaptadoa(150.000€ por ejercicio y empresa) y no cerrificarlos(1000euros) esto debe ser lo del famoso boton de activar cuando el cliente quiera.
Quizas se refiera a la declaración responsable.


Adjunto link de una interesante entrevista con inspector de hacienda.

https://www.youtube.com/watch?v=GuGk3b1eZDA
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  #7  
Antiguo 01-09-2025
CarlosArjonomia CarlosArjonomia is offline
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Quizas se refiera a la declaración responsable.


Adjunto link de una interesante entrevista con inspector de hacienda.

https://www.youtube.com/watch?v=GuGk3b1eZDA
Este video responde algunas preguntas como la no obligatoriedad de enviar de forma oficial hasta los plazos marcados.
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  #8  
Antiguo 01-09-2025
emailesc emailesc is offline
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emailesc Va por buen camino
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Os dejo dos link de sendos artículos :


https://www.lagacetadesalamanca.es/s...102001-nt.html


https://www.autonomosyemprendedor.es...357045178.html

Lo de la sanción de 1000€ no la había visto hasta ahora o se me ha pasado por alto ...


A la fabricación, producción y comercialización de sistemas informáticos que no cumplan con el reglamento se impondrá una sanción de 150.000 euros fijos por cada ejercicio económico en el que se hayan producido ventas de este tipo de sistemas informáticos y por cada tipo distinto de estos que sea objeto de la infracción.

Por otro lado, cuando no se certifiquen dichos sistemas informáticos estando obligados a ello, se sancionará con 1.000 euros por sistema informático comercializado sin dicha certificación.

Para los autónomos y empresas, ya será sancionable con 50.000 euros el mero hecho de tener sistemas informáticos que no se ajusten a lo establecido en el reglamento, cuando no estén debidamente certificados o cuando se hayan alterado o modificado los dispositivos certificados.
En la de los 1000€, ni la has visto tú ni la he visto yo porque no existe, como tampoco existe la "certificación" de los programas de software, sino una Declaración Responsable. Tengo una alerta de Google para todo lo relacionado con Verifactu y la información que ofrece la prensa son copy-paste sin enterarse de lo fundamental, y lo de la certificación es buena prueba de ello.
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