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#1
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Tenías razon. Acabo de probarlo de las dos maneras, y si las cualificadas las envío como F2 me da error. Sorry.
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#2
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Vale entonces lo correcto es para mi caso de vestas en cajero poner f1 y marcar con 'S' el campo de simplificada, ahora me salta otra duda que es la serie yo entendí que había que cambiar la serie por tipo de factura, pero al marcarla como f1 debo poner otra serie?
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#3
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Cita:
Sin embargo, en el caso de las facturas rectificativas, sí es obligatorio que tengan una serie diferente. Saludos |
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#4
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esto lo hablo mi jefe con un asesor, así que si deben de tener distinta serie, pero claro yo marco f1 y ya tienen su serie en este caso no se si debo de cambiar
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#5
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Yo creo que la forma es tener dos series, una para las facturas normales y otra para las simplificadas. Ahora... dentro de la serie de facturas simplificadas, si se da el caso de que alguna de ellas tiene que ser cualificada (identificando al destinatario) yo la dejo dentro de su serie pero la envío directamente con el tipo F1.
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Be water my friend. |
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#6
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Puedes separar las facturas en tantas series como quieras para poder manejarlas mejor: por establecimiento, por departamentos, por TPVs, por sucursal, por completas/simplificadas, ....
Pero según nuestros datos, la única obligación real, según el reglamento de IVA, es la separación de la serie de las rectificativas del resto. |
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#7
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Cita:
Aunque el reglamento no lo diga expresamenre y quepa dudas, hay consultas vinculantes de la AEAT que lo confirman. Ejemplo Cita:
Última edición por ermendalenda fecha: 22-09-2025 a las 13:12:31. |
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