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Antiguo 08-10-2025
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Pues en esto yo no estoy de acuerdo.
Según la DGT (Dirección General de Tributos) en sus "Consultas Vinculantes", una devolución de mercancía incluso se puede incluir en una factura posterior al mismo cliente. Igualmente cuando determinan como realizar una factura rectificativa y hablan de hacerla en 2 pasos, especifican que la primera factura puede ir en negativo "incluso por el importe total de la factura original" y será una factura normal "F1" que irá en la misma serie que la original, y la segunda factura, la "rectificativa" deberá hacer referencia a la factura rectificada e incluir los importes correspondientes.
Yo entiendo que ésto permite realizar facturas F1 en negativo.

Pues no sé... esto es como tantas cosas que hay que interpretar. El caso que planteas es cuando hay una modificación parcial de una factura que haces una -F1 y luego una RX rectificando la factura original con los artículos correctos. El tema es que si es una devolución total y no se va a vender nada a mi entender sería una rectificativa en negativo porque de una forma o de otra hay que hacer referencia a la factura original.


Saludos.
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  #2  
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Pues no sé... esto es como tantas cosas que hay que interpretar. El caso que planteas es cuando hay una modificación parcial de una factura que haces una -F1 y luego una RX rectificando la factura original con los artículos correctos. El tema es que si es una devolución total y no se va a vender nada a mi entender sería una rectificativa en negativo porque de una forma o de otra hay que hacer referencia a la factura original.


Saludos.
La consulta vinculante a la que hago referencia es la "V0706-19". Podéis buscarla en: https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/
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  #3  
Antiguo 08-10-2025
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Siguiendo con el mismo tema, que hacéis si un cliente os pide 30 unidades de un artículo, le entregáis esas 30 unidades y le facturáis 30 unidades. La factura es correcta pero, al cabo de 20 días, el cliente os devuelve 5 unidades. Que hacéis una rectificativa (R4) o una factura de abono (F1 en negativo). Ahí lo dejo.
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  #4  
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Yo le haría un abono F1, porque realmente no te has equivocado en el precio o en la cantidad (que seria rectificativa por diferencias).
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  #5  
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Yo le haría un abono F1, porque realmente no te has equivocado en el precio o en la cantidad (que seria rectificativa por diferencias).
Igual que yo, por lo tanto pueden hacerse F1 en negativo, dependiendo de la situación.
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  #6  
Antiguo 08-10-2025
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Siguiendo con el mismo tema, que hacéis si un cliente os pide 30 unidades de un artículo, le entregáis esas 30 unidades y le facturáis 30 unidades. La factura es correcta pero, al cabo de 20 días, el cliente os devuelve 5 unidades. Que hacéis una rectificativa (R4) o una factura de abono (F1 en negativo). Ahí lo dejo.
Pues según la consulta vinculante que has pasado habría que hacer una Rectificativa R4 en negativo por la factura original (las 30 und.) y luego una F1 en positivo por las 25 und. que en realidad son las que se han vendido.
Aunque esa consulta es para el SII.
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  #7  
Antiguo 08-10-2025
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A ver, no puede ser que a estas alturas estemos todavía con esto. Discrepo con todos los post emitidos en este hilo.
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  #8  
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ninjajavier ninjajavier is offline
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Siguiendo con el mismo tema, que hacéis si un cliente os pide 30 unidades de un artículo, le entregáis esas 30 unidades y le facturáis 30 unidades. La factura es correcta pero, al cabo de 20 días, el cliente os devuelve 5 unidades. Que hacéis una rectificativa (R4) o una factura de abono (F1 en negativo). Ahí lo dejo.
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A ver, no puede ser que a estas alturas estemos todavía con esto. Discrepo con todos los post emitidos en este hilo.
Ya … acabo de ponerme con esto de verifactu y tengo dudas. Si alguien las puede aclarar personalmente se lo agradecería.
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  #9  
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Noe277 Noe277 is offline
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Factura Negativo

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Ya … acabo de ponerme con esto de verifactu y tengo dudas. Si alguien las puede aclarar personalmente se lo agradecería.

Fac1 -> 30 unidades -> F1

opción 1 : -> F1
Fac2 -> 40 unidades de otra cosa
- > -5 unidades a devolver
Esta Factura tiene que ser positiva y no se donde lo leí pero el tipo de IVA tiene que ser el mismo. Minoramos la cuota y tiene sentido si pensamos en los modelos de IVA

Opción 2: -> R1, R2, R3 o R4
Rect1 -> - 5 unidades a devolver


El sistema traga también si hacemos F1 en negativo pero no es lo mas correcto según la normativa de IVA

Última edición por Noe277 fecha: 08-10-2025 a las 15:09:03.
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