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  #1  
Antiguo 03-12-2025
edari edari is offline
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edari Va por buen camino
Ironic On




Pues entonces todos los que vayan a esperar a 2027 para entrar en Verifactu se van a tirar todo el año sin poder actualizar su software
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  #2  
Antiguo 03-12-2025
razorxxx razorxxx is offline
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razorxxx Va por buen camino
Se dice que se aplaza la obligatoriedad, pero no se cancela VeriFactu. Los que hayáis pasado presupuesto a vuestros clientes por la adaptación a un software que cumple normativa y han aceptado, no veo que se echen para atrás porque el software ya lo van a tener actualizado a la normativa, y si empiezan a enviar los RF desde ya es mejor para ellos y para los desarrolladores, por aquello de la gestión de errores y ver cómo se comporta todo en el día a día. Sí o sí tendrán que pasar por el aro, pero cancelarse no se va a cancelar, es sólo un aplazamiento de la obligatoriedad para los obligados tributarios.
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  #3  
Antiguo 03-12-2025
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keys keys is offline
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keys Va por buen camino
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Empezado por razorxxx Ver Mensaje
Se dice que se aplaza la obligatoriedad, pero no se cancela VeriFactu. Los que hayáis pasado presupuesto a vuestros clientes por la adaptación a un software que cumple normativa y han aceptado, no veo que se echen para atrás porque el software ya lo van a tener actualizado a la normativa, y si empiezan a enviar los RF desde ya es mejor para ellos y para los desarrolladores, por aquello de la gestión de errores y ver cómo se comporta todo en el día a día. Sí o sí tendrán que pasar por el aro, pero cancelarse no se va a cancelar, es sólo un aplazamiento de la obligatoriedad para los obligados tributarios.
Eso sería en un mundo ideal. Hay clientes que hasta que no llegue el día del cambio no quieren saber nada y si pueden retrasar el pago al año que viene mejor.

Por otro lado en algunos medios dicen que sólo el 8% de las empresas estaban adaptadas a verifactu. Eso me imagino que son las empresas que están enviando ya en real, hay un monton de empresas que ya estaban preparadas pero no iban a enviar hasta el día 1. Además los autónomos que seguramente son los que más problemas iban a tener, tenían hasta julio para adaptarse.

Que se piensan que el 1 de diciembre del 2026 no vamos a estar en la misma situación. El año que viene se van a encontrar con esto y la factura eléctronica. Esto es un tema político y no hay mas vueltas.

Última edición por keys fecha: 03-12-2025 a las 12:19:42.
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  #4  
Antiguo 03-12-2025
Joze Joze is offline
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Joze Va por buen camino
Hacienda ya sacado la nota:

https://sede.agenciatributaria.gob.e...cturacion.html

Cita:
Ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación (SIF)
Se ha publicado en BOE el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, cuya Disposición final primera aprueba la modificación de la Disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, ampliando el plazo que tienen los obligados tributarios para adaptar sus sistemas informáticos de facturación a los requisitos de dicho Real Decreto.

En base a los nuevos plazos aprobados, las entidades que presenten el Impuesto de Sociedades deberán tener adaptados sus SIF antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios, antes del 1 de julio de 2027.

Última edición por Casimiro Noteví fecha: 03-12-2025 a las 12:20:23. Razón: Editar enlace
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  #5  
Antiguo 03-12-2025
razorxxx razorxxx is offline
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razorxxx Va por buen camino
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Empezado por Joze Ver Mensaje
Exacto. el BOE de hoy aparece: https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/...2025-24446.pdf

Lo que se publica en el BOE va a misa, así que ya no hay posibilidad de tumbarse en el Congreso.
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  #6  
Antiguo 03-12-2025
Noe277 Noe277 is offline
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Exacto. el BOE de hoy aparece: https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/...2025-24446.pdf

Lo que se publica en el BOE va a misa, así que ya no hay posibilidad de tumbarse en el Congreso.

En el boe sale el real decreto pero luego lo tiene que aprobar. Esto tiene validez mientras no lo tumben en el congreso. En este parrafo lo dice

Cita:
Este real decreto-ley representa por tanto un instrumento constitucionalmente
preciso, en tanto que pertinente y adecuado para la consecución del fin que justifica la
legislación de urgencia, dado que atiende a una situación concreta, dentro de los
objetivos gubernamentales y requiere una acción normativa inmediata en un plazo más
breve que el requerido por la vía normal o por el procedimiento de urgencia para la
tramitación parlamentaria de las leyes

Última edición por Noe277 fecha: 03-12-2025 a las 12:49:00.
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  #7  
Antiguo 03-12-2025
CarlosArjonomia CarlosArjonomia is offline
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CarlosArjonomia Va por buen camino
El que crea que lo van a tumbar en el congreso es un pardillo.
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  #8  
Antiguo 03-12-2025
VJSoftware VJSoftware is offline
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VJSoftware Va por buen camino
En mi caso voy a poner un código de activación del 'módulo VERIFACTU' para que cuando lo quiera el cliente pase por caja y se le activen todas las funciones que conlleva (la propia activación de VERIFACTU, las preferencias, etc. etc.) Mientras no lo active, seguirán como hasta ahora.

Es otro trabajo de chinos pero creo que es la mejor manera de proceder. De esta forma, si necesitan cualquier otra actualización se la hago sin problemas sobre la versión que ya incluye VERIFACTU aunque desactivado. Así soluciono el problema de no cobrarles ahora por algo que no van a usar, pero saber que si mañana lo necesitan, deben comprarlo y entonces y solo entonces se lo activaré.
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  #9  
Antiguo 03-12-2025
Ketemeto2008 Ketemeto2008 is offline
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Ketemeto2008 Va por buen camino
si os sirve de consuelo, nosotros no lo hemos cobrado, lo hemos implementado de gratis
e igualmente tengo clientes pidiendo que se lo quitemos ya

a la gente se la suda si lo ponen en 2026, 2027 o en el 10.030

que hasta el dia de antes a última hora no quieren que les cambies la operativa
y por supuesto cuando entre en vigor, que funcione desde el minuto 1
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  #10  
Antiguo 03-12-2025
espinete espinete is offline
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espinete Va camino a la fama
Nuestros clientes poder usar la versión adaptada a VeriFactu, les exigimos el pago de una nueva cuota mensual que incluye el uso del nuevo software adaptado + Soporte + Actualizaciones, todo en un paquete. Ahora hay clientes que han cancelado o quieren cancelar esa suscripción, PERO no saben que al hacer eso, no podrán seguir usando el software, y es un lío ahora para nosotros arreglar esta situación.

- Por Ley, nosotros no podemos facilitar/vender ningún software NO adaptado
- Los clientes que cancelen, no podrán actualizar en todo 2026, se quedarán con la versión que tienen instalada
- Hay clientes que están cancelando y la licencia se les bloquea, por haberlo hecho sin consultarnos nada porque "me lo recomendó mi asesor"
- Algunos incluso han dado la orden de cancelar los pagos directamente a su banco, los muy listos, complicando aún más las cosas
- No solo se trata solo de VeriFactu, sino también de la Ley Antifraude, trazabilidad, integridad, etc. El software tiene que cumplir todo eso también, independientemente de VeriFactu
- Decidimos crear ese paquete/suscripción porque era la única manera de asegurarnos de que los clientes iban a tener soporte y la última versión del software siempre disponible, por los previsibles cambios, modificaciones, etc. que iba a haber durante el año
- El día 1 de Enero el programa está programado para que se ponga a enviar a VeriFactu. Para quitar eso hay que crear una actualización, pero los clientes que cancelen la suscripción no podrán instalarla porque la han cancelado! Todo risas 😅

Ahora tenemos un problema porque no sabemos cómo proceder. ¿Permitimos que cancelen? ¿Devolvemos el dinero? ¿Estamos en nuestro derecho a exigir esa cuota/suscripción para poder usar el software? ¿Pueden quedarse con la versión anterior si insisten? Habrá clientes que tienen la última versión (preparada para VeriFactu) sin estar pagando la cuota, y eso sería injusto para nosotros. Pero ellos ven injusto estar pagando la cuota sin ser obligatorio el envío a VeriFactu (aunque la cuota no sea solo para VeriFactu).

En fin, que para nosotros más que un alivio está siendo un dolor de cabeza...
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