https://www.boe.es/buscar/doc.php?id...icables.%C2%BB
Esto se refiere a 9 meses despues de la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024 (de octubre de 2024)
Cita:
|
La Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan los requisitos técnicos y de seguridad de los sistemas informáticos de facturación (SIF) para la aplicación de los artículos 29 y 29 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
|
Es decir:
Fecha de entrada en vigor: 19 de octubre de 2024.
Fin del plazo: 19 de julio de 2025 (9 meses después).
No se que tan difícil es de entender, la normativa establece una obligación clara para productores y comercializadores como tú: a partir de esa fecha, solo se permiten ventas de software plenamente adaptado al Reglamento VeriFactu.
Que ahora los vendedores tienen un año mas para usar un SIF adaptado? Si.
Que eso a ti te importa 3 pimientos si no tienes un software antiguo (que no puedes actualizar, porque eso seria ofrecer un software nuevo no adaptado)? Tambien.