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joselugrk joselugrk is offline
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Hola Joselu,

En el caso de Bizkaia (BATUZ), los ficheros XML TicketBAI firmados, de facturas y anulaciones, se envían en el subcapítulo 1.1 (Ingresos con factura con software garante TicketBAI) del modelo 140 (personas físicas) o modelo 240 (personas jurídicas)

En el caso de no ser admitido algún fichero TicketBAI de factura por contener errores, se debe presentar en en el capítulo 1.2 (Ingresos con factura sin software garante TicketBAI de los mismos modelos (140 y 240).

Saludos
Hola Sistel,

Correcto. Gracias por tu respuesta.
He visto que en el documento de preguntas frecuentes. La pregunta 160 habla de ello. La adjunto

---------------------------------------------------------------------
CATEGORÍA: TicketBAI - Cuestiones comunes
Nº PREGUNTA: 160
PREGUNTA: ¿Qué hay que hacer si la anotación del fichero TicketBAI ha sido rechazada al enviarse a
Hacienda?
RESPUESTA:
Si la anotación del fichero TicketBAI (subcapítulo 1.1. del LROE) ha sido rechazada al
enviarse a Hacienda por incumplimiento de esquema o de validaciones, debe operarse
del siguiente modo:
En todo caso, la información de la operación debe remitirse por el capítulo 1.2,
superando las correspondientes validaciones. Si hay información que no puede
llegar por incumplimiento de las validaciones, debe llegar la información más
relevante.

Si hay que modificar alguno de los contenidos de la factura a que se refiere el
artículo 15 del Reglamento de facturación: Se deberá generar además una
factura rectificativa, generando el fichero TicketBAI correspondiente y
remitiendo la información por el subcapítulo 1.1.

Cuando se trate de una operación incorrecta: deberá realizarse además una
anulación de la operación original mediante el subcapítulo 1.2. Y, si procede,
deberá generarse una nueva factura, generando un fichero TicketBAI y
remitiendo la información por el subcapítulo 1.1

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