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ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Creo que teneis un pequeño lio.
Hay una gran diferencia entre la factura recapitulativa y la de canje(sustitutiva)
La recapitulativa, es la factura de un conjunto de tiquets(facturas sinplificadas) o albaranes(servicios o productos entregados) en un mismo periodo(mes), que se van a facturar a un mismo cliente. Si ese cliente es una empresa o un autónomo, puede solicitarla hasta el día 15 del mes siguiente al periodo, pero siempre las facturas tienen que ser del mismo periodo. Si es persona física solo hasta el último día del mes del periodo de los servicios o entrega de bienes.
Por otro lado la recapitulativa,logicamente, puedes pedir varias del mismo periodo, por ejemplo 1 al día, 1 a la quincena...
La factura sustitutiva o canje es sobre un solo tiquet(factura simplificada) y tienes hasta 4 años para solicitarla, entregando el tiquet.

El tratamiento fiscal de ambas tb es diferente ya que la sustitutiva el receptor se la tiene que declarar fuera de plazo.
Sobre el resumen de facturas del SII es otro cantar,que declares solo una factura con el detalle desde hasta número es solo una simplificación de la declaración, pero nono tiene nada que ver con ninguna de las anteriores.
Ya esto lo he investigado bastante, con consultas (no vinculantes) a hacienda.
Con lo cual el ejemplo que indican de hacer una factura solo me encaja con el último tipo, es un resumen, pero no va a valer para verifactu
Me olvde decir que el tratamiento de la recapitulativa y la de canje es igual en verifactu, pero a la hora de incorporarlo en el software tenemos que saber que lleva diferentes números de serie y que la hora de imprimir o enviar pro pdf hay que poner claramente las palabras Sustitutiva o Recapitulativa, por aquello de que fiscalmente el tratamiento es diferente, ya queda en el cliente si se la declara mal en el modelo que no corresponda, pero el emisor tiene que hacerlo bien. Así que tendreis que tener en cuenta todas estas cositas que llevo meses programando, aparte de las cosas evidentes, los topes de efectivo 1000 euros y topes de las simplificadas según el tipo de negocio, 400 euros o 3000euros al por menor. Lo digo por que cuanto mas controles metais menos problemas vais a tener, ya que ahora va a ser muy fácil que hagan controles con los envíos. También decir que de un grupo de facturas normales se puede hacer una recapitulativa a petición de un cliente, siempre respetando los periodos que dije.
Por otro ladosi queréis en otro post explico ciertas complejidades de las rectificativas. Que tampoco me quiero poner pesado.

Última edición por ermendalenda fecha: 17-11-2022 a las 15:55:56.
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