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sglorka sglorka is offline
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sglorka Va por buen camino
Leo varios post referidos a, qué hacer cuando rechazan una factura o la aceptan parcialmente, y veo que la mayoría de los post no son correctos y puede llegar a confusión este galimatías. En mi opinión y con el Reglamento de Facturación vigente y el Reglamento Verifactu, si te rechazan una factura y tienes contenido en la propiedad Respuestalinea del objeto Respuesta donde se especifica el motivo del rechazo, significa que la Aeat ha logrado parsear el registro enviado, situación distinta a la ocurrida cuando el servicio de la Aeat no ha podido hacerlo porque está fuera de línea, no tenemos Internet o nuestro modelo Xml no es correcto. En estos casos se recibe un objeto Respuesta con todas sus propiedades a Nothing o Null pero con la propiedad EstadoDeEnvio = Incorrecto. Sólo en este caso podremos reenviar el paquete de nuevo, ya que la Aeat no tiene nada registrado de este paquete.

Si recibimos contenido en la propiedad Respuestalinea del objeto Respuesta, sea lo que sea, ya no podrás volver a reenviar los registros que contenía dicho paquete, hayan venido Incorrectos o Parcialmente Correctos.
Disponemos de herramientas para solventar este caso.

La primera es subsanar el registro creando un Nuevo registro de Subsanación y olvidándote del registro rechazado, sólo puede corregir datos que no impliquen la emisión de una factura rectificativa, por ejemplo errores en fecha de operación, régimen tributario, la huella generada....Puedes generar un Alta por rechazo previo o un Alta por Subsanación sin rechazo previo según sea el caso

Y la segunda es nuestra querida amiga la Factura Rectificativa. Si nos rechazan una factura porque el tipo impositivo no existe, te tienes que olvidar de ese registro de facturación y emitir una factura rectificativa por sustitución haciendo referencia a esa factura rechazada para corregir ese error. Quedará un hueco en las facturas que tiene la Aeat (nos ha rechazado la factura) pero eso es normal ya que NO PODEMOS modificar facturas para arreglarlas. Haciendo referencia a dicha factura a través de la rectificación justificamos en la Aeat la existencia de ese hueco.
 



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