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#2881
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Cita:
*Realmente es para uso propio, pero por si acaso, lo puse asi. |
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#2882
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El tipo de licencia que des, que yo sepa, es indiferente, de momento no han dicho nada sobre que sea necesario indicarlo, a no ser que sea cosigo abierto, en cuyo caso cada instalación tiene que hacer su declaración responsable.
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#2883
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Hola, gracias por responder, a lo que me referia es que yo personalmente no soy programador profesional, por lo que mi empresa, no se dedica a crear programas informaticos, supongo que poniendo mis datos personales, dni y demas, seria suficiente, asumiendo que yo mismo me hago responsable de mi programa, ademas que solo cumplo el sitema verifactu, enviando automaicamente registros y demas.
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#2884
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Cliente de web service
No sé si se ha mencionado previamente en este hilo.
Estoy en el cliente web service (de producción) del SII. y en la selección de los puntos (URL Endpoints, como se escribe en valenciano), la última opción es Cita:
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#2885
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Cita:
Digo yo que algo habréis hecho no? Si lo que quieres decir es que tenías un software que genera las facturas y ahora vais a ampliarlo generando los verifactus con otro software aún me faltan datos, pero si lo que hace el primer software es generar las facturas y después lo cogéis con el nuevo software los datos generados y le aplicáis todas ls reglas correctamente: orden cronológico, fecha y hora de generacion, el qr, y lo enviáis o conservaiss según la normativa y entregáis a los clientes con su qr , perfecto. Pero el que haya hecho este último software es el que tiene que hacer el documento y firmarlo (la empresa, particular o autónomo) Que firme cualquier es algo que no ll veo lógico, a no ser que tengas las fuentes y hagas adaptaciones o que el desarrollador lo tengas en plantilla. Tambien ceoe que cabria que te haya hecho un desarrollo específico para ti y no se distribuya por otro lado, que supongo que también es posible que alguien se haya retirado o jubilado o haya dejado demprogramar pero te haga el favor, no creo que sea improcedente que asumas el riesgo, desaconsejado pero valoralo Última edición por ermendalenda fecha: 16-10-2024 a las 16:26:11. |
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#2886
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Cita:
Soy programador aficionado desde que empece con msx-basic con 13 años, desde entonces he ido aprendiendo a programar con otros leguajes de programacion, en el 96, cuando empece a trabajar en el que ahora es mi negocio(Un taller de reparacion de automoviles.), como se hacian las facturas con papel y boli, decidi crearme mi propio programa de gestion de clientes y generacion de facturas(Los medicos miran de lado mi letra), que durante estos 28 años he ido actualizando , para cumplir con las diferentes normativas ,conforme me enteraba de ellas, pasar de ficheros de datos en texto plano a base de datos, cifrar los datos personales, etc, ahora estoy actualizandolo para cumplir con la normativa de verifactu, en su dia hice la consulta y no me negaron la posiblilidad de crear , gestionar mi propio programa de generacion de facturas. Mis dudas al respecto son que como no me dedico a programar , como empresa, entonces no puedo poner que mi empresa genera el programa, aunque lo cree yo desde 0. Espero que no os moleste , no pretendo haceros la competencia, al fin de cuentas solo utilizare yo mi mismo sofwtare, para mi. |
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#2887
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Justo esto ... "El desarrollador lo tengas en plantilla."
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#2888
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Cita:
Puede ser tú, como particular, que lo «distribuyes» (regalar sería más correcto) a tu empresa. O puede ser tu empresa, con tú haciendo de programador como parte de las tareas a tú asignadas dentro de un contrato de trabajo. No se puede saber desde dónde estamos; pero lo habitual, es decir salvo contrato escrito que estipula el contrario, será la segunda opción. El hecho que no eres «programador profesional» (con independencia del significado posible de este calificativo), es irrelevante: en España no hay restricción al hacer de programador siendo empleado sin más calificaciones (no sería lo mismo si estaría haciendo de médico sin ser «profesional»). En el primer caso, efectivamente serás tú que deberás rellenar la declaración responsable al ser el «productor», y por tanto tener todas las consecuencias de todo lo malo que puede pasar. Y la multa para tú si hay problemas. Además de atraer la atención por ser caso fuera de lo normal (recuerda qué tu NIF aparecerá en todos y cada uno de los envíos hechos a Veri*factu). ![]() Pero normalmente, será tu empresa. ![]() |
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#2889
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#2890
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Es un tema interesante este de la responsabilidad del desarrollador. ¿hasta donde llega?,¿Pueden ponernos un multazo que nos arruine?. Sobre todos a los que somos autónomos y firmaremos la declaración responsable con nuestro nombre y NIF. ¿Vale la pena montar una sociedad sólo por este tema?. Abro debate.
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#2891
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Además entiendo qué éste es el único uso económico que se le da al programa (si se excluye el placer que te aporta lo de desarrollarlo; que no tiene precio). |
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#2892
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#2893
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#2894
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Al fianal a una mala, incluyo en la misma carpeta de instalacion un zip, con todos los archivos para crear el ejecutable y digo que es freeware , y lo complio para mi, a ver que dicen....
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#2895
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Cita:
Lo único que yo haria es hacer distribuciones de licencias temporales, ya esto de dar/vender un software de por vida y meter los cobros como concepto de mantenimiento puede producirse un gran problema. |
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#2896
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¿Quieres decir que vender una licencia del software y cobrar mensualmente al cliente en concepto de soporte y mantenimiento, puede ser problemático?. Está claro que si el cliente no paga su mantenimiento y no está debidamente actualizado el programa deja de emitir facturas. |
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#2897
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No puedes, aunque deje de pagarte, que deje de funcionar las consultas etc durante al menos 4 años. Nuevas facturas etc. Que lo pague da igual que nombre le pongas. Y la puerta abierta que lo puedas dejar tú, por que si te quieres jubilar o te toca la lotería? |
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#2898
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Os comento cosas que ya se hablaron en TicketBAI y que hablan por aquí por mi empresa la gente que sabe (juristas). Resumiendo mucho.
Cita:
Digamos que cualquiera con conocimientos puede hacer cosas ilegales con un programa de facturación, pero la obligación del software es no permitirlas o facilitarlas. Si se demuestra que el software de alguna forma está pensado para hacerlas en cuando el desarrollador puede tener problemas. Cita:
Si el cliente no se actualiza la versión en un problema suyo, tú no puedes obligarlo y no es tampoco tu responsabilidad si él no quiere hacerlo. Lo que si nos explicaron es que a partir del día en que se ponga en marcha la ley, la empresa no debe actualizar, ni comercializar ni realizar actividades (lucrativas) con versiones que no soporten la ley (versiones antiguas), no tiene porqué hacer que dejen de funcionar. Es decir, si la versión SIF es la 5.4, a partir del día que se apruebe la ley, la empresa no puede hacer nada con versiones anteriores (que suponga beneficio). Es decir, un cliente se puede quedar con la versión 5.3 (que no genera QR, ni envía a la AEAT,...) y seguir trabajando. Es su responsabilidad y su problema si le pillan. Lo que es responsabilidad de la empresa es, si se realiza cualquier actividad sobre esas verisones anteriores (soporte, ayuda, mantenimiento, actualizaciones,...)
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
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#2899
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Cita:
Es lo más razonable.
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Be water my friend. |
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#2900
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Cita:
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