Empezado por sglorka
Yo creo que hay que diferenciar entre las facturas emitidas en nuestro SIF y los registros de facturación emitidos para llevar a buen término dichas facturas. Una factura emitida puede tener varios registros de facturación anexos emitidos como subsanaciones que, al final, llevan a que la factura sea totalmente correcta, pero no pueden existir diferentes versiones de la misma factura en nuestro SIF.
Caso 1 : Factura emitida que es Aceptada.
Los registros de facturación siguientes que podemos emitir, si fueran necesarios, son Subsanaciones -> Cambio en la Fecha de operación, Régimen tributario, encadenamiento, retención Irpf. Los cambios realizados se hacen sobre la misma factura registrada en nuestro SIF, no se crea una factura nueva
Caso 2: Factura emitida Aceptada con errores
Los registros de facturación siguientes que podemos emitir, si fueran necesarios, son Subsanaciones -> Cambio en la Fecha de operación, Régimen tributario, encadenamiento, Huella mal calculada, Destinatario no censado. Los cambios realizados se hacen sobre la misma factura registrada en nuestro SIF, no se crea una factura nueva.
Caso 3: Factura emitida Rechazada
Punto1 : El rechazo afecta a un campo que implica la emisión de una factura rectificativa (Identificación del destinatario, tipos de Iva, bases imponibles, cuotas repercutidas, importe de factura).
NO se debe emitir una Subsanación. Se emite un Alta nueva de Factura Rectificativa. ¿ Cómo conviven la Factura emitida en primer término con la Factura rectificativa emitida para arreglarla ?. Como la Aeat no tiene conocimiento de la primera factura, no podemos emitir un Abono de la misma, lo que hacemos es emitir un Registro de Anulación sin Registro Previo y con Rechazo Previo de la primera factura, luego en nuestro SIF, marcamos como anulada esa Factura ( sus líneas ya no forman parte de los informes ni de las estadísticas ) y fijamos su importe a cero ( deben existir tablas redundantes que mantengan cómo era esa factura originalmente para poder imprimirla tal y como se emitió ) y después emitimos la Factura rectificativa x sustitución (con la base y cuota rectificada a cero para que se imputen todos los impuestos de la factura) y ahora en nuestro SIF nos queda una Factura Anulada y una Factura Rectificativa.
Punto 2: El rechazo afecta a un campo que no implica la emisión de una factura rectificativa (Cualquier error salvo alguno de los expresados en el Punto 1 ).
No debemos emitir una Rectificativa, tenemos que emitir Subsanaciones sin Registro previo y con rechazo previo = X (si pones = S te va a decir que no existe el registro ya que esto significa que te habían rechazado la subsanación anterior, no el Alta previa). Todas las modificaciones se realizan sobre la factura en nuestro SIF pero no se crea una nueva Factura
Espero haber arrojado algo de luz sobre este problema, si alguien encuentra algún error en el planteamiento le agradecería que me lo comunicara.
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