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Antiguo 28-05-2025
jakematespain jakematespain is offline
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jakematespain Va por buen camino
Tema facturas simplificadas

Hola, con el tema de las facturas simplificadas, quiero vuestra opinión sobre lo que realizamos es correcto o me dejo algo.
Generamos una factura simplificada sin datos del cliente, (25001823) pero el mismo día o pasados unos días, nos viene el cliente indicando que quiere una factura de ese tiquet.
En ese caso tenemos una factura simplificada F2 (25001823) y ahora viene mi duda.
Si tenemos un sistema con un TPV, que no envía la información a ningún ERP, entonces como se tiene que proceder:

Pasos:
1-Generar una factura simplicada de abono para la F2(25001823), que será la R5(25001830), haciendo referencia a la F2(25001823).
2-Generar una factura simplicada con los datos del cliente F1(25001831).

Esto entiendo que sería en caso de disponer sólo del TPV, pero si este TPV está conectado a un ERP, me surgen varías dudas y no se si la forma de proceder es la correcta.
La idea que tengo es que sea el ERP el que mande todo al verifactu y que el TPV sea sólo el que mande la información al ERP.

Casos que se pueden dar:

*El indiado anteriormente, pero ahora lo voy a gestionar el envío desde el ERP. En este caso, desdel el TPV, me generará todo lo indicado anteriormente, pero será mi ERP el que mande todo esto
por al VERIFACTU, ¿veís alguana pega con esto?

*Otro caso, que se traten de facturas simplificadas que tienen datos válidos del cliente, y que yo cada x días, voy generando una factura sobre esas facturas simplificadas.
En ese caso se tiene que hacer una agrupación de facturas simplificadas F3 e indicar a que facturas simplificadas correspondan, según la documentación al hacer este paso, no se genera un iva por duplicado (facturas simplificadas y factura F3 generada), ya que con la F3 se informa a hacienda de esto.

No se si todo esto que estoy indicando es correcto o me estoy dejando algo.

Agradecería vuestra opinión.

Gracias
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  #2  
Antiguo 28-05-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por jakematespain Ver Mensaje
Hola, con el tema de las facturas simplificadas, quiero vuestra opinión sobre lo que realizamos es correcto o me dejo algo.
Generamos una factura simplificada sin datos del cliente, (25001823) pero el mismo día o pasados unos días, nos viene el cliente indicando que quiere una factura de ese tiquet.
En ese caso tenemos una factura simplificada F2 (25001823) y ahora viene mi duda.
Si tenemos un sistema con un TPV, que no envía la información a ningún ERP, entonces como se tiene que proceder:

Pasos:
1-Generar una factura simplicada de abono para la F2(25001823), que será la R5(25001830), haciendo referencia a la F2(25001823).
2-Generar una factura simplicada con los datos del cliente F1(25001831).

Esto entiendo que sería en caso de disponer sólo del TPV, pero si este TPV está conectado a un ERP, me surgen varías dudas y no se si la forma de proceder es la correcta.
La idea que tengo es que sea el ERP el que mande todo al verifactu y que el TPV sea sólo el que mande la información al ERP.

Casos que se pueden dar:

*El indiado anteriormente, pero ahora lo voy a gestionar el envío desde el ERP. En este caso, desdel el TPV, me generará todo lo indicado anteriormente, pero será mi ERP el que mande todo esto
por al VERIFACTU, ¿veís alguana pega con esto?

*Otro caso, que se traten de facturas simplificadas que tienen datos válidos del cliente, y que yo cada x días, voy generando una factura sobre esas facturas simplificadas.
En ese caso se tiene que hacer una agrupación de facturas simplificadas F3 e indicar a que facturas simplificadas correspondan, según la documentación al hacer este paso, no se genera un iva por duplicado (facturas simplificadas y factura F3 generada), ya que con la F3 se informa a hacienda de esto.

No se si todo esto que estoy indicando es correcto o me estoy dejando algo.

Agradecería vuestra opinión.

Gracias
Creo que estoy un poco liado con tu exposición pero intento contestarte:
Una factura simplificada no lleva nunca datos de cliente, si no sería una simplificada cualificada, actualmente croe que hay un tipo de faxtura simplificada artículo xxxx.
Pero una vez que emitas una simplificada ya esa condición es inamovible y no la puedes cambiar a cualificada a no ser que hagas una rectificativa por sustitución.
Lo más conveniente es que, ya sea 1 ó 20 que quieras agrupar, generes una factura sustitutiva/canje tipo=F3, en ella tienes que agregar las facturas simplificadas a las que haces referencias y si son varias tienen que pertenecer al mismo periodo(mes/año). Y si el periodi en el que emites la F3 es distinto al de la simplificadas, en la factura que entregas al cliente es obligatorio que imprimas, además de la fecha de expedición, la fecha de operación, teniendo en cuenta que si has agrupado varias del mismo mes de distintas fechas tendrías que poner la fecha más antigua (recordando que todas tiene que pertenecer al mismo periodo)
Esa factura tipo F3,, por supuesto no hay que volver a pagar los ivas, pero si enviarlas o conservar según el caso, a verifactu/sii, etc.
Ten en cuenta que si haces un abono de la F2 y emites una ordinaria《F1) posiblemente no pase nada, pero como estés haciendo la operación en un periodo distinto no estarás cumpliendo para nada con la normativa de ivas.
Por otro lado está el receptor, que si te lo pide enseguida(en el mismo mes que la simplificada) pues se la puede declarar normalment3, pero imagínate que te la pide a los 3 años(ya que el reglamento de facturación te obliga a emitirla la F3 si te la solicita "convenientemente")
Pues en ese caso tendrá que hacer caso a la fecha de operación para declararsela "convenientemente"
A partir de aquí te sirgiran mas dudas de como acruar si la F3 emitida ha sido con errores y . Le has metido simplificadas que no son, cliente equivicado, etc... eso es otro lío y aunque el reglamento tiene alguna laguna al respecto creo que en el foro también hemos solucionado.
Saludos
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