Cita:
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En base a los nuevos plazos aprobados, las entidades que presenten el Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus SIF antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios, antes del 1 de julio de 2027
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Si los OT deben tener adaptado su software a partir de Enero de 2027, significa que antes de esa fecha NO tienen por qué tenerlo adaptado. Fin.
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si pero es que en otro sitio dicen..." o "
si pero es que a los desarrolladores nos dijeron..."
Me da igual. Esta nota es más reciente de lo que nos dijeron en Julio. Y si no, haber explicado las cosas MEJOR, que no costaba nada y ya han pasado varios días y seguimos sin saber nada más concreto.
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Pero es que nosotros estamos obligados desde Julio..."
Pues ya no, porque si en la nota dice que el OT no tiene que tener software adaptado hasta 2027, no puede ser que nosotros tengamos que tenerlo adaptado desde ya, porque queda
año y medio de margen en un limbo de "obligado/no obligado" que nadie ha tenido los co_nes de explicarnos.