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#1
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Abono de los de toda la vida
Como actuar ante un abono de los de toda la vida, bien por devolucion de TODA la mercancia y por cualquier otra causa.
Rectificativa por sustitucion u otro tipo. ??? No se emite ninguna nueva factura, solo se anula la original |
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#2
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(by Copilot)
Sí, en la práctica un abono se emite como una factura rectificativa con importe negativo, porque legalmente debe cumplir los mismos requisitos que una factura (numeración, identificación del cliente, desglose de IVA, referencia a la factura original). Esto significa: Importe total: Si anulas toda la operación, el abono tendrá el mismo importe que la factura original, pero en negativo. Importe parcial: Si solo devuelves parte (por ejemplo, una línea o un descuento), el abono reflejará únicamente esa parte en negativo. En ambos casos, el documento se considera una factura rectificativa, aunque coloquialmente se llame “abono”.
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
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#3
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entonces el ABONO TOTAL seria una Rectificativa por Sustitución
Se emite la factura original en negativo con la serie de Factura Rectificativa y no se hace nada mas y el ABONO PARCIAL seria una Rectificativa por Diferencia Se emite Factura Rectificativa por Diferencias indicando la Base, Iva, y Total factura Ahora bien, según ChatGPT me dice esto : ┌─────────────────────────────────────┐ │ Tipo de rectificación │ ├───────────────────────────────────── │ ( ) Por diferencias (abono / ajuste) │ │ Se emitirá una única factura rectificativa. │ │ │ │ ( ) Por sustitución (anulación + nueva factura) │ │ Se anulará la factura original y deberá emitirse │ │ una nueva factura corregida. │ └─────────────────────────────────────┘ Yo entiendo que cuando es Rectificativa por Diferencias hay que emitir la factura son la serie rectificativas indicando importes positivo o negativos según lo que necesite Y en Rectificativas por Sustitucion, hay que emitir una factura serie rectificativa conla factura original identica y en negativo y a continuación (o al mismo tiempo) una factura con las serie normal tal como queremos que se quede. Estas dos operaciones van unifdas, NO PUEDE EXISTIR UNA SIN LA OTRA Es corecto ???? |
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#4
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Si no me equivoco la factura por sustitución sustituye (como su nombre indica) a la factura original. Esto quiere decir que la factura original desaparece siendo reemplazada por la nueva. Lo normal es que esto se haga cuando hay una modificación de una factura y no se quiere hacer una rectificativa por la diferencia.
En el caso que planteas yo haría una factura rectificativa ya sea del total o de parte de la factura original. En este caso haz una factura exactamente igual pero con signo contrario y ya has acabado, teniendo en cuenta que al ser rectificativa debe de ir en otra serie e identificando la factura original. Saludos.
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Be water my friend. |
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#5
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Cita:
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#6
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A ver si no me estoy enterando de la situación. Si vendes por importe de 100 y te lo devuelven haces una rectificativa por -100 y se acabó, ¿no? ¿Qué más facturas vas a hacer?
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Be water my friend. |
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#7
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Cita:
En el caso de una factura rectificativa sustitutiva, si se hace en dos pasos, la factura en negativo que compensa ("anula") la incorrecta, tiene que ser en la serie de facturas normales y la nueva con los datos correctos es la que tiene que ser de la serie de rectificativas e indicar a que factura rectifica. Esto lo hacemos así según lo que se ha ido comentando en este foro y según una consulta vinculante de hacienda. https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V0706-19 Saludos |
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#8
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Creo que es asi |
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#9
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Cita:
Estoy hablando del caso concreto de hacer factura rectificativa por sustitución en dos pasos (con dos facturas). Si no es correcto, por favor decirlo Última edición por rci fecha: 07-01-2026 a las 09:34:49. |
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#10
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Cita:
Se debe EMITIR FACTURA rectificativa por diferencia, por el importe que te devuelven (ya sea el total o parcial). Más simple un botijo: RECTIFICATIVA POR DIFERENCIA, su total será en negativo (has dicho que es una devolución). Preguntabas SÓLO eso, verdad? |
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#11
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Cita:
1 - Que hacemos con la vieja, que serie usar, que datos poner, negativos, etc 2 - Lo mismo con la nueva al corregir motivo de emision de la sustitutiva, serie a usar, datos, etc Gracias |
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#12
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Por otro lado, si haces eso, tienes que tener en cuenta que preparado el usuario/opcion especial por si te requieren solo ver los datos tributarios y no mostrar esas series especiales. |
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#13
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#14
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Claro que la de sustitucion tiwne que ir en otra seroe, mi respuesta era para añadirte más posibilidades a la lógica de facturas. |
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#15
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Cita:
Una factura rectificativa por substitución no anula una factura, la substituye. No es lo mismo y sobre todo en el contexto en el que estamos. Un "abono de toda la vida" no anula una factura, existirán las 2, la de la venta y la devolución, y hacienda lo contempla así. Un abono de toda la vida yo lo haré con una rectificativa por diferencia. |
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#16
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Re
Lo que se hace tambien es:
factura nº 150 (serie C) total = 25 € factura nº 183 (serie C) total = -25 € En la misma serie hacer la idéntica en negativo. |
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#17
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Yo creo que no... ya se ha hablado y llegado a la conclusión en otros hilos al respecto que cualquier factura negativa es una factura rectificativa y, como tal, debe de ir en otra serie, identificando la original, etc. etc.
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Be water my friend. |
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