Cita:
Empezado por Faneka
Mirate la Faq 11 y veras, un extracto de la pregunta:
Lo anterior significa que cuando los albaranes, proformas, prefacturas o facturas sin validez fiscal se expidan, sus registros deberán conservarse de forma inalterable (salvo que la alteración se produzca por medio de un registro posterior, que también deberá quedar anotado en el sistema).
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Disculpad que me vuelva a meter en esto, pero ¿a qué FAQ te estás refiriendo? Porque en el de la AEAT:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...recuentes.html
Al menos, el FAQ nº 11 que veo yo allí se refiere a los registros de facturación de alta, y no habla en ningún sitio de albaranes ni proformas. Y por otro lado, acabo de meter en el ChatGPT la orden ministerial y le he preguntado, y me ha dicho que no hay nada sobre obligación de conservar albaranes. Por supuesto, ChatGPT puede fallar (¡y cómo!

), pero he hecho una búsqueda, y tampoco veo que aparezcan las palabras "albarán" ni "proforma" en toda la orden ministerial.