No estoy seguro de si este hilo es el más adecuado para exponer mi duda pero después de ver algunos, he optado por este ya que se ha hablado sobre los NIF que hacen que sean rechazados los RF por la AEAT. Efectivamente lo mejor es reducir los posibles rechazos para evitar complicaciones y lo que procede es preguntar antes de hacer una factura a un cliente, leer la respuesta y segun sea, actuar de una forma o de otra. No soy partidario de, como se ha hablado en este hilo, marcar el registro en el maestro de clientes con "actualizado" para no volver a comprobarlo más porque en cualquier momento la ficha de un cliente puede cambiar.
Las distintas respuestas de la AEAT son estas:
- "identificado ”: Sin problemas, se le puede hacer una factura.
- “No identificado-similar”: Si el contribuyente no se identifica con los datos identificativos aportados por diferencias menores en los apellidos y nombre. Se devuelven los datos de apellidos y nombre asociados al NIF.
- “No identificado”: Si el contribuyente no se identifica con los datos identificativos aportados. Se devuelven los datos de NIF y apellidos y nombre aportados.
En el caso de entidades, no existe el resultado “No Identificado-Similar” pero se añaden estos dos resultados:
- “Identificado-Baja”. Si el contribuyente se identifica con el NIF aportado, y está en estado baja. Se devuelve el NIF actual y su razón social.
- “Identificado-Revocado”. Si el contribuyente se identifica con el NIF aportado y está en estado baja por revocación del NIF. Se devuelve el NIF actual y su razón social.
El usuario del SIF debe ver la respuesta en pantalla y debe proceder según le indiquemos.
¿Podemos aconsejar hacer una factura simplificada a “No identificado”, “Identificado-Baja”, “Identificado-Revocado” ? o como dice la IA en “Identificado-Revocado” no se le puede vender nada
