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  #1  
Antiguo 04-08-2025
novatico novatico is offline
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novatico Va por buen camino
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Te refieres entonces a que al actualizar el EXE, si el programa es monolítico, la fecha es posterior al 29/07/2025 y eso puede acarrear dudas ???
Desde mi punto de vista, puedes tener estructurado tu ERP haciendo uso de clases y módulos para dividir la lógica en los tres componentes clásicos, acceso a datos, reglas de negocio e interfaz de usuario y todo ello compilarlo como un Exe. Se me hace difícil pensar que vayan a discernir si el ejecutable es posterior, qué parte has tocado del código que ha generado una recompilación.
Sólo estaba planteando una idea, realmente aunque ya tengo preparado un SIF "Solo Verifactu", listo para ser instalado, aún no se lo he vendido / actualizado a ningún cliente. Pero sí, mi aplicación tiene un único "exe" y luego diferentes, librerías, tablas, formatos de impresión, etc. Viendo la actitud de la AEAT, que ha trasladado la "carga de la prueba" a los desarrolladores, si instalo un exe que tiene fecha 19 de Agosto de 2025, me temo que tendría que ser yo el que demostrara que no he modificado nada que afecte al RRSIF.
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  #2  
Antiguo 11-08-2025
razorxxx razorxxx is offline
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razorxxx Va por buen camino
Entonces, resumiendo señores. Si de repente un cliente que utiliza un SIF VeriFactu se pasa al SII, pero quiere seguir usando el mismo SIF para seguir facturando, y el SII lo llevan desde un programa de contabilidad ¿qué hacemos con este cliente? No veo lógico mantener 2 versiones de un mismo SIF (una adaptada y otra no), para nosotros desarrolladores es un tormento.

¿Acaso valdría poner un apartado donde elegir Modo VeriFactu o Modo SII, y el modo SII no generaría registros ni el código QR en las facturas?

Esta cuestión la planteé al correo de ayuda de verifactu, y me respondieron lo siguiente:

"El obligado tributario es el responsable último de utilizar un SIF adecuado a la normativa que se le aplica. En el caso planteado, al no serle de aplicación VERI*FACTU, deberá dejar de utilizar el SIF adaptado a VERIFACTU y no deberá emitir facturas a través de él, sino a través de otro SIF que esté preparado y adaptado al SII."

Si te estoy diciendo que los libros del SII los envían desde el programa de Contabilidad y no desde el de facturación, ¿cómo me dices que tiene que usar un SIF adaptado al SII? Aquí me han partido en 2...
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  #3  
Antiguo 11-08-2025
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Entonces, resumiendo señores. Si de repente un cliente que utiliza un SIF VeriFactu se pasa al SII, pero quiere seguir usando el mismo SIF para seguir facturando, y el SII lo llevan desde un programa de contabilidad ¿qué hacemos con este cliente? No veo lógico mantener 2 versiones de un mismo SIF (una adaptada y otra no), para nosotros desarrolladores es un tormento.

¿Acaso valdría poner un apartado donde elegir Modo VeriFactu o Modo SII, y el modo SII no generaría registros ni el código QR en las facturas?

Justo... un SIF adaptado a la ley te debe permitir elegir el modo de trabajo: Verifactu o SII (si tu programa contempla el SII, claro). Y si contempla el "No Verifactu" te debe permitir elegir entre una de las 3 opciones.

Pero si sólo tienes Verifactu o SII y una vez que elijas:

-Si eliges Verifactu se generan y envían los registros de facturación y las facturas llevan QR
-Si eliges SII no se generan ni envían los registros de facturación y las facturas no llevan QR

Sólo tienes un SIF, sólo tienes una versión, está adaptado a la ley, y te permite trabajar de las dos maneras

Así al menos es como lo tenemos nosotros

Y se puede dar el caso, obviamente, que estés en el SII y en un momento dado cambies al Verifactu o al revés (respetando los plazos, claro)
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  #4  
Antiguo 11-08-2025
razorxxx razorxxx is offline
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Justo... un SIF adaptado a la ley te debe permitir elegir el modo de trabajo: Verifactu o SII (si tu programa contempla el SII, claro). Y si contempla el "No Verifactu" te debe permitir elegir entre una de las 3 opciones.

Pero si sólo tienes Verifactu o SII y una vez que elijas:

-Si eliges Verifactu se generan y envían los registros de facturación y las facturas llevan QR
-Si eliges SII no se generan ni envían los registros de facturación y las facturas no llevan QR

Sólo tienes un SIF, sólo tienes una versión, está adaptado a la ley, y te permite trabajar de las dos maneras

Así al menos es como lo tenemos nosotros

Y se puede dar el caso, obviamente, que estés en el SII y en un momento dado cambies al Verifactu o al revés (respetando los plazos, claro)
Ok, gracias. Pensábamos hacerlo de esa manera. Una pregunta al arrancar el programa por primera vez que diga el modo de trabajo y que el cliente elija. Como la instalación la vamos a supervisar nosotros, realmente es una opción que nosotros mismos marcaremos.
Otra pregunta que les hice a los de VeriFactu por mail es qué pasa si por error empecé a remitir RF a la AEAT cuando ya estaba acogido al SII, y me han dicho lo siguiente:

"Los registros se aceptarán pero existirá una duplicidad de datos en la AEAT que conllevará algún requerimiento o acción por parte de la AEAT. Este mecanismo aun no está establecido."

O sea, internamente para ellos la información casada por SII y VeriFactu es la misma, y por eso no puedes enviar por los dos sistemas a la vez. Pero encima ni siquiera saben cómo abordarlo, o al menos no lo han publicado.
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  #5  
Antiguo 11-08-2025
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Otra pregunta que les hice a los de VeriFactu por mail es qué pasa si por error empecé a remitir RF a la AEAT cuando ya estaba acogido al SII, y me han dicho lo siguiente:

"Los registros se aceptarán pero existirá una duplicidad de datos en la AEAT que conllevará algún requerimiento o acción por parte de la AEAT. Este mecanismo aun no está establecido."

O sea, internamente para ellos la información casada por SII y VeriFactu es la misma, y por eso no puedes enviar por los dos sistemas a la vez. Pero encima ni siquiera saben cómo abordarlo, o al menos no lo han publicado.

Bueno, eso como dices sería un error y no debería pasar. Si la configuración está en modo SII no se deberían generar registros de facturación, y por tanto no se debería enviar nada.

Si se te coló ese comportamiento y enviaste algunas por error supongo que habría que anularlas.
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  #6  
Antiguo 11-08-2025
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Bueno, eso como dices sería un error y no debería pasar. Si la configuración está en modo SII no se deberían generar registros de facturación, y por tanto no se debería enviar nada.

Si se te coló ese comportamiento y enviaste algunas por error supongo que habría que anularlas.
No es que se me haya colado ese comportamiento, es que mi cliente puede trabajar con el SII desde el programa de contabilidad y no estar afectado por el reglamento, es decir, desde el SIF sólo hace facturas y se generan los RF de VeriFactu, pero no se envía al SII.

Por tanto, ante la pregunta inicial "¿Cómo desea trabajar? Verifactu o SII" haríamos lo siguiente:

- Si elige VeriFactu, muestro Declaración Responsable, genero y envío los RF por cada factura emitida y plasmo el QR en cada factura impresa.
- Si elige SII, no muestro Declaración Responsable, genero los ficheros de traspaso a contabilidad con todas las facturas emitidas y los QR no aparecen en las facturas impresas. Recuperar desde Contabilidad el fichero de traspaso para generar los correspondientes apuntes contables, y enviar luego las facturas al SII manualmente desde Contabilidad.
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  #7  
Antiguo 11-08-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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Justo... un SIF adaptado a la ley te debe permitir elegir el modo de trabajo: Verifactu o SII (si tu programa contempla el SII, claro). Y si contempla el "No Verifactu" te debe permitir elegir entre una de las 3 opciones.

Pero si sólo tienes Verifactu o SII y una vez que elijas:

-Si eliges Verifactu se generan y envían los registros de facturación y las facturas llevan QR
-Si eliges SII no se generan ni envían los registros de facturación y las facturas no llevan QR

Sólo tienes un SIF, sólo tienes una versión, está adaptado a la ley, y te permite trabajar de las dos maneras

Así al menos es como lo tenemos nosotros

Y se puede dar el caso, obviamente, que estés en el SII y en un momento dado cambies al Verifactu o al revés (respetando los plazos, claro)
La información del error, o te llegará por requerimiento o se dará cuenta el asesor, gestor o administrativo cuando vea que no cuadrán las cuentas con lo remitido, por que está claro que al igual que los que remiten el SII verifican que cuadra con la contabilidad, con Verifactu habrá que hacer lo mismo.

Está claro que tendrás que anular las facturas que hayas emitido por el mismo medio incorrecto en que la remitiste, independientemente de por donde te llegue el error de dicha información, el procedimiento será el mismo, está claro que si te llega por Hacienda te pueden hacer otros requermientos adicionales, como: mandarles todas las facturas del ejercicio o del periodo que consideren oportuno, pero lo normal es que tengas la información mucho antes de que la requieran, en ese caso actua rápido con las anulaciones.

También es probable que las facturas enviadas por un método u otro en algún momento las tengan vinculadas y te devuelvan errores de que "ya existe la factura x.xxx" ,y por tanto la rechacen y dejen de estar duplicadas, si las tienes nombradas exactamente igual por ambos metodos en cuanto a serie/numero, aunque lo vepero en las simplificadas puede que no, ya que en SII suelen enviarse sumadas dichas series por fecha, solo indicando desde número hasta número de la serie "x". Lo mismo les has dado la idea y hacen algo.

Última edición por ermendalenda fecha: 11-08-2025 a las 11:46:04.
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  #8  
Antiguo 11-08-2025
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Entonces, resumiendo señores. Si de repente un cliente que utiliza un SIF VeriFactu se pasa al SII, pero quiere seguir usando el mismo SIF para seguir facturando, y el SII lo llevan desde un programa de contabilidad ¿qué hacemos con este cliente? No veo lógico mantener 2 versiones de un mismo SIF (una adaptada y otra no), para nosotros desarrolladores es un tormento.

¿Acaso valdría poner un apartado donde elegir Modo VeriFactu o Modo SII, y el modo SII no generaría registros ni el código QR en las facturas?

Esta cuestión la planteé al correo de ayuda de verifactu, y me respondieron lo siguiente:

"El obligado tributario es el responsable último de utilizar un SIF adecuado a la normativa que se le aplica. En el caso planteado, al no serle de aplicación VERI*FACTU, deberá dejar de utilizar el SIF adaptado a VERIFACTU y no deberá emitir facturas a través de él, sino a través de otro SIF que esté preparado y adaptado al SII."

Si te estoy diciendo que los libros del SII los envían desde el programa de Contabilidad y no desde el de facturación, ¿cómo me dices que tiene que usar un SIF adaptado al SII? Aquí me han partido en 2...
Uff, parece que quieren que el SII sea algo, como dicen ellos, sincronizado indefectifkemente con dicho envio, proponles otfo procedimiento a ver si te lo validan:
-tienes que "reinstalar" segun ellos tienes que hacer una instalacion limpia enl a que instales en modo SII, sin posiblidad de cambio de un modo a otro por parte del cliente(nada de botoncitos).
-por otro lado, indica en algun lado de tu software que usa el programa "X" para el envio SII y como lo hace.
-explica como generas los datos que ellos cogen para el SIiI y la trazabilidad del mismo.
-que el cliente te firme un documento de compromiso de que el hace el envio de esa forma con el SII
Una vez lo tengas todo "atado" preguntales de nuevo indicando el procedimiento que sigues.
Suerte y cuentanos que interesa saberlo.
No te pueden decir que no uses programas ee terceros para el envio, si dejan hasta con verifactu.
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  #9  
Antiguo 11-08-2025
emailesc emailesc is offline
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Uff, parece que quieren que el SII sea algo, como dicen ellos, sincronizado indefectifkemente con dicho envio, proponles otfo procedimiento a ver si te lo validan:
-tienes que "reinstalar" segun ellos tienes que hacer una instalacion limpia enl a que instales en modo SII, sin posiblidad de cambio de un modo a otro por parte del cliente(nada de botoncitos).
-por otro lado, indica en algun lado de tu software que usa el programa "X" para el envio SII y como lo hace.
-explica como generas los datos que ellos cogen para el SIiI y la trazabilidad del mismo.
-que el cliente te firme un documento de compromiso de que el hace el envio de esa forma con el SII
Una vez lo tengas todo "atado" preguntales de nuevo indicando el procedimiento que sigues.
Suerte y cuentanos que interesa saberlo.
No te pueden decir que no uses programas ee terceros para el envio, si dejan hasta con verifactu.
Nosotros tenemos un cliente que está en el SII, con un software de TPV específico para ellos que genera facturas simplificadas, al final del día les enviamos un resumen de facturación a su SAP, y ellos se encargan de todo. La verdad es que al estar en el SII y no aplicarles Verifactu no tenía pensado hacer nada en este software, pero me preocupa por ejemplo que los clientes no saben nada del SII y puedan ver raro que las facturas que emiten salgan sin QR. Sabéis si se necesita hacer algo específico para "cubrirse las espaldas" ???
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  #10  
Antiguo 11-08-2025
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Nosotros tenemos un cliente que está en el SII, con un software de TPV específico para ellos que genera facturas simplificadas, al final del día les enviamos un resumen de facturación a su SAP, y ellos se encargan de todo. La verdad es que al estar en el SII y no aplicarles Verifactu no tenía pensado hacer nada en este software, pero me preocupa por ejemplo que los clientes no saben nada del SII y puedan ver raro que las facturas que emiten salgan sin QR. Sabéis si se necesita hacer algo específico para "cubrirse las espaldas" ???
En los tiquets, de momento, no hay que hacer ninguna mención.
Ten en cuenta que los clientes lo del QR se las refanfinfla, ejemplo, en en pais vasco con tiquetbai nafie escanea eñ Qr,(o practucamente nadie)
Los unicos que se van a fijar son los nspectores y tiemen acceso inmediato a como estas comunicando los datos.
No se tebocurra poner ka D.R en modo SII
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  #11  
Antiguo 11-08-2025
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En los tiquets, de momento, no hay que hacer ninguna mención.
Ten en cuenta que los clientes lo del QR se las refanfinfla, ejemplo, en en pais vasco con tiquetbai nafie escanea eñ Qr,(o practucamente nadie)
Los unicos que se van a fijar son los nspectores y tiemen acceso inmediato a como estas comunicando los datos.
No se tebocurra poner ka D.R en modo SII
Ok, gracias !!!
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  #12  
Antiguo 11-08-2025
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En los tiquets, de momento, no hay que hacer ninguna mención.
Ten en cuenta que los clientes lo del QR se las refanfinfla, ejemplo, en en pais vasco con tiquetbai nafie escanea eñ Qr,(o practucamente nadie)
Los unicos que se van a fijar son los nspectores y tiemen acceso inmediato a como estas comunicando los datos.
No se tebocurra poner ka D.R en modo SII

No sé a que te refieres que que en los tickets no hay que hacer ninguna mención... si estás en modo Verifactu tienen que llevar QR, generar registro de facturación y enviarse.

Si está en modo SII como comentaba emailesc entonces no tiene que hacer nada. En cuanto a lo que dice de tickets sin QR, es normal que no lo lleve (si se lo pone siempre dirá que no se encuentra la factura, porque no sé envía)
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  #13  
Antiguo 11-08-2025
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No sé a que te refieres que que en los tickets no hay que hacer ninguna mención... si estás en modo Verifactu tienen que llevar QR, generar registro de facturación y enviarse.

Si está en modo SII como comentaba emailesc entonces no tiene que hacer nada. En cuanto a lo que dice de tickets sin QR, es normal que no lo lleve (si se lo pone siempre dirá que no se encuentra la factura, porque no sé envía)
Se refiere a trabajando en modo SII.
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