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  #1  
Antiguo 02-12-2025
aposi aposi is offline
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aposi Va por buen camino
CENA DE CELEBRACION!!!
Lugar: EL VENTORRO
Asistentes: Pedro SANCHEZ y Maria Jesus Montero
Regalo para todos los asistentes: Baliza V16
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  #2  
Antiguo 03-12-2025
CarlosArjonomia CarlosArjonomia is offline
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CarlosArjonomia Va por buen camino
Señores, no le deis más vueltas. A los de Junts no les interesaba que la AEAT española hurgara en su fiscalidad. Todo es política. Y los ciudadanos enmedio.

https://www.xataka.com/legislacion-y...caba-aplazarlo

A ver que día me espera, agenda completa para implantar el dichoso verifactu. Día perdido en dar explicaciones y quedar como un tonto.

Además estoy seguro que en Catalunya no se implantará.

Última edición por CarlosArjonomia fecha: 03-12-2025 a las 08:14:49.
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  #3  
Antiguo 03-12-2025
emailesc emailesc is offline
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emailesc Va por buen camino
Ya ha salido el decreto del aplazamiento de fechas: https://lnkd.in/dsf5q_sh Lo único que se cambia son las fechas y además con errores: se citan artículos que no existen. Pero además si el decreto este no sale (y habrá que ver que intentan colar en la aprobación de la ley para que si no sale culpar a los demás) nos encontramos metidos de lleno en Verifactu con el caos que eso puede crear. Esto es un despropósito total y absoluto.
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  #4  
Antiguo 03-12-2025
Faneka Faneka is offline
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Faneka Va por buen camino
Si, pero no dicen si los que ya estan enviando se les puede desactivar y por otro lado si se puede actualizar sin activar el envio. Algunos clientes nos estan llamando ya que se lo quitemos. Yo mande un aviso a los clientes que tenía pendientes de actualizar para decirles que de momento se suspende hasta nuevo aviso.
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  #5  
Antiguo 03-12-2025
Jarogo08 Jarogo08 is offline
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Jarogo08 Va por buen camino
Nuestras conclusiones:


-Nuevas empresas que empiecen con nuestro programa: tienen que entrar en modo Verifactu (como hasta ahora, no cambia)
-Empresas que ya empezaron en Verifactu: tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás
-Empresas que ya tienen nuestro programa desde hace tiempo en una versión "no homologada": tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán en Verifactu
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  #6  
Antiguo 03-12-2025
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Neftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en bruto
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Nuestras conclusiones:

-Nuevas empresas que empiecen con nuestro programa: tienen que entrar en modo Verifactu (como hasta ahora, no cambia)
-Empresas que ya empezaron en Verifactu: tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás
-Empresas que ya tienen nuestro programa desde hace tiempo en una versión "no homologada": tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán en Verifactu
Creo que es la interpretación correcta.
Yo lo generalizaría de esta manera:

- Nuevas empresas que compren un RRSIF: Tienen que entrar en Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa).
- Empresas que ya compraron un RRSIF: Tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás.
- Empresas que ya tienen un programa en una versión "no homologada": Tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa)
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  #7  
Antiguo 03-12-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Creo que es la interpretación correcta.
Yo lo generalizaría de esta manera:

- Nuevas empresas que compren un RRSIF: Tienen que entrar en Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa).
- Empresas que ya compraron un RRSIF: Tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás.
- Empresas que ya tienen un programa en una versión "no homologada": Tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa)

Bueno eso es otra, ley antifraude aplica antes, si quieren dar por saco con la trazabilidad (albaranes...)... a ver por donde salen, esperemos que no, pero alguien se fia?
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  #8  
Antiguo 04-12-2025
Daviid Daviid is offline
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Daviid Va por buen camino
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Creo que es la interpretación correcta.
Yo lo generalizaría de esta manera:

- Nuevas empresas que compren un RRSIF: Tienen que entrar en Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa).
- Empresas que ya compraron un RRSIF: Tienen que seguir, en ningún sitio dicen que puedan volver atrás.
- Empresas que ya tienen un programa en una versión "no homologada": Tenían que actualizar antes del 01/01/2026 y ahora tienen hasta el 01/01/2027. PERO en el momento que actualicen, empezarán Ley antifraude (Verifactu/no-verifactu, según lo que permita el programa)
Técnicamente, mientras no hayan empezado a crear registros de facturación, pueden volver a usar una version anterior o un SIF no adaptado. Pero claro si solo tienen el SIF adaptado pues no deberían de poder volver a uno no adaptado porque ya nadie lo puede vender. Igual un software libre ya que no te lo venden, puede no estar adaptado.

Si tienes SIF Adaptado y SIF no Adaptado, puede elegir cual usar mientras no hayas empezado con el Adaptado.


---

Me pregunto si una empresa de desarrollo podría "regalar" SIFs no adaptados y vender únicamente soporte informatico.
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  #9  
Antiguo 03-12-2025
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YellowStone YellowStone is offline
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YellowStone Va por buen camino
Buenas. He leído en las FAQ's que un cliente que se ha adherido voluntariamente a VERIFACTU antes de la fecha de obligatoriedad (la antigua, no la nueva) tiene que estar obligatoriamente hasta el final de ejercicio al menos.

¿Alguno sabe si un cliente que ya hemos activado este 2025, puede desactivarse a final de año, y no estar ni en Verifactu, No Verifactu, ni SII, el año próximo, al no ser obligatorio?
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  #10  
Antiguo 03-12-2025
Faneka Faneka is offline
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Faneka Va por buen camino
Es justo lo que necesitamos que aclaren, pero me temo que no van a decir nada y nos vamos a comer llamadas y cabreos de clientes.
Me acaba de llamar un cliente que le actualice ayer, no ha enviado aún nada y me dice que se lo desactive. ¿Que hago? le dije que tengo que mirarlo, que no sabía si era legal.
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  #11  
Antiguo 03-12-2025
Ketemeto2008 Ketemeto2008 is offline
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Ketemeto2008 Va por buen camino
hasta que no aprueben el Real Decreto seguimos como hace una semana, no?
y tienen hasta 30 días
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  #12  
Antiguo 03-12-2025
Noe277 Noe277 is offline
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Noe277 Va por buen camino
Verifactu

Esto se lo tienen que aprobar antes de 30 dias en el congreso y todavía se lo pueden tumbar. En teoría esto tiene validez por que lo han publicado pero si lo tumban volvemos a la norma anterior

Por otro lado los de SAGE están diciendo en una confer ahora que los que estén activos ya no pueden ir para atrás.
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  #13  
Antiguo 03-12-2025
Ketemeto2008 Ketemeto2008 is offline
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Ketemeto2008 Va por buen camino
claro, es que hasta que no se pruebe el Real Decreto esto es papel mojado
a ver si vamos a tirar para atrás y nos encontramos un buen dia que hay que tirar palante

y para terminar de rizar el rizo, legalmente ese día puede ser hasta el 1 de enero
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  #14  
Antiguo 03-12-2025
Jesusggc Jesusggc is offline
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Buenas. He leído en las FAQ's que un cliente que se ha adherido voluntariamente a VERIFACTU antes de la fecha de obligatoriedad (la antigua, no la nueva) tiene que estar obligatoriamente hasta el final de ejercicio al menos.

¿Alguno sabe si un cliente que ya hemos activado este 2025, puede desactivarse a final de año, y no estar ni en Verifactu, No Verifactu, ni SII, el año próximo, al no ser obligatorio?
En una conferencia que dio el famoso Hurtado en la Cámara de Comercio dijo lo que comentas. Deben acabar el ejercicio enviando. (tampoco queda mucho).

Quiero recordar que en el esquema del xml que se envia hay una etiqueta que indica la fecha de fin de envio.

Saludos.
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  #15  
Antiguo 03-12-2025
mjruiz mjruiz is offline
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mjruiz Va por buen camino
Yo he consultado hoy pero sigo sin recibir respuesta.

Además he solicitado que pongan algo en las FAQ pero esto es un despropósito en toda regla (y no quiero entrar en temas políticos)

Una año de pruebas, ajustes y cuando tenemos todos los clientes actualizados, preparado la aplicación para bloquear la facturación el día si no tiene SII o Verifactu....boomm

Les pedido que nos explican detalladamente que hacer con los clientes que están enviando (y que nos solicitan para hasta que entre en vigor), que hacemos con la marca del PrimerRegistro, etc.
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  #16  
Antiguo 03-12-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por mjruiz Ver Mensaje
Yo he consultado hoy pero sigo sin recibir respuesta.

Además he solicitado que pongan algo en las FAQ pero esto es un despropósito en toda regla (y no quiero entrar en temas políticos)

Una año de pruebas, ajustes y cuando tenemos todos los clientes actualizados, preparado la aplicación para bloquear la facturación el día si no tiene SII o Verifactu....boomm

Les pedido que nos explican detalladamente que hacer con los clientes que están enviando (y que nos solicitan para hasta que entre en vigor), que hacemos con la marca del PrimerRegistro, etc.

No saben que decir, nuestro asesor ha hablado con ellos y no saben, no quieren dejar constancia de nada.
Han pospuesto sin haber determinado consecuencias, ni detalles de nada.
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  #17  
Antiguo 03-12-2025
razorxxx razorxxx is offline
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razorxxx Va por buen camino
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Empezado por mjruiz Ver Mensaje
Yo he consultado hoy pero sigo sin recibir respuesta.

Además he solicitado que pongan algo en las FAQ pero esto es un despropósito en toda regla (y no quiero entrar en temas políticos)

Una año de pruebas, ajustes y cuando tenemos todos los clientes actualizados, preparado la aplicación para bloquear la facturación el día si no tiene SII o Verifactu....boomm

Les pedido que nos explican detalladamente que hacer con los clientes que están enviando (y que nos solicitan para hasta que entre en vigor), que hacemos con la marca del PrimerRegistro, etc.
A ver, si nos atenemos al Reglamento (y éste no ha cambiado), los clientes si ya han empezado a enviar RF a Hacienda tendrán que seguir haciéndolo, lo único que han hecho es atrasar la fecha de entrada en vigor para los obligados tributarios, que no para los desarrolladores.
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  #18  
Antiguo 03-12-2025
rci rci is offline
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Ya ha salido el decreto del aplazamiento de fechas: https://lnkd.in/dsf5q_sh Lo único que se cambia son las fechas y además con errores: se citan artículos que no existen. Pero además si el decreto este no sale (y habrá que ver que intentan colar en la aprobación de la ley para que si no sale culpar a los demás) nos encontramos metidos de lleno en Verifactu con el caos que eso puede crear. Esto es un despropósito total y absoluto.
esto significa que ya han aprobado el real decreto o solo lo han publicado?

Y de este documento, no acabo de ver claro lo que dicen sobre los productores de software y los 9 meses... a partir de la fecha de ese nuevo decreto ?? O_o
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