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#21
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Cita:
https://www.clubdelphi.com/foros/showthread.php?t=97420 A mí me parece que hay demasiados errores "subsanables" y sin embargo hay gente que opina que la mayoría requieren rectificativa. Esto va a ser una locura. Mi interpretación es que si el error hace referencia a campos del XML específicos para VeriFactu, de los que el usuario no tiene por qué tener ni idea de que existen, etc. se debe subsanar. Si son errores que "cometió" el propio usuario al elaborar la factura (importes, cuotas, datos fiscales, IVA incorrecto, etc.) entonces rectificativa. Como bien dicen, la mayoría de los errores "subsanables" no deberían ocurrir nunca si el software lo tiene todo medianamente contemplado. Por ejemplo: Si el usuario olvida indicar la ClaveRegimen correcta para una factura concreta y pone la que no es, entiendo que hay que "subsanar", porque no es un dato relacionado con el reglamento de facturación, sino con algo interno de VeriFactu. Yo lo que veo es que muchos de los errores en realidad son subsanables, PERO la mayoría no se van a dar nunca si todo está bien hecho, así que en el día a día, lo normal es que haya que hacer rectificativas salvo casos muy raros. Es decir, aunque la lista tenga cientos de errores subsanable, eso no significa que a la hora de la verdad se vayan a hacer más subsanaciones que rectificativas, ya que el 80% de los errores no se van a dar nunca. |
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#22
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2005 = El campo ImporteTotal tiene un valor incorrecto para el valor de los campos BaseImponibleOimporteNoSujeto, CuotaRepercutida y CuotaRecargoEquivalencia suministrados.
Os habéis encontrado con este error frecuentemente???. Es que a mi me está pasando con un par de clientes (sólo con ellos) a los que facturo un soporte mensual, y sin embargo reviso la factura y el XML y los importes son correctos, no tengo ni idea de a qué se debe Decir que hago retención de IRPF en las facturas, pero en las de todos los clientes, no sólo en esas |
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#23
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Cita:
<Desglose> <DetalleDesglose> <Impuesto>01</Impuesto> <ClaveRegimen>01</ClaveRegimen> <CalificacionOperacion>S1</CalificacionOperacion> <TipoImpositivo>21.00</TipoImpositivo> <BaseImponibleOimporteNoSujeto>276.04</BaseImponibleOimporteNoSujeto> <CuotaRepercutida>57.97</CuotaRepercutida> </DetalleDesglose> </Desglose> <CuotaTotal>16.56</CuotaTotal> <ImporteTotal>292.60</ImporteTotal> Lleva su IVA al 21% y una retención de IRPF del 15% Y este otro sin embargo entra perfecto: <Desglose> <DetalleDesglose> <Impuesto>01</Impuesto> <ClaveRegimen>01</ClaveRegimen> <CalificacionOperacion>S1</CalificacionOperacion> <TipoImpositivo>21.00</TipoImpositivo> <BaseImponibleOimporteNoSujeto>57.98</BaseImponibleOimporteNoSujeto> <CuotaRepercutida>12.18</CuotaRepercutida> </DetalleDesglose> </Desglose> <CuotaTotal>3.48</CuotaTotal> <ImporteTotal>61.46</ImporteTotal> Igual, con 21% de IVA y 15% de retención. Le he dado 100 vueltas y no consigo sacar el por qué de que uno entre bien y el otro me de el error 2005. A ver si alguno, por favor, es capaz de ver algo que yo ya no veo, que me tiene esto loco. |
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#24
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solo hay un desglose??? no entiendo como sacas el valor de cuota total, o tienes mas operaciones o no tiene sentido ninguna de las dos. Pero por tu xml solo tienes un desglose.
Ya esta, no tienes que reflejar el importe con irpf en la factura si no me equivoco, importe total en el RF no tiene en cuenta el IRPF, ahora no se como una te la acepta y la otra no.
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La religión es personal e intransferible. |
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#25
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Cita:
Además el total tiene que ser el de la factura, porque si no si un cliente consulta a través del QR le daría en hacienda la factura con un valor distinto. La verdad es que no le veo por dónde pillarlo |
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#26
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Digamos que cuotatotal sale de restar a la cuota de iva la retención de IRPF, pero esa retención no se desglosa en el XML en ningún lado, ni tan siquiera se referencia.
Vaya coñazo ![]() |
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#27
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Oh no, pues estaba super seguro que había que obviar el irpf y este solo reflejarlo en la factura en fisico.
Según miro por el foro, no hay que controlar el IRPF, una cosa es el importe a facturar (el del RF) y otra el importe a pagar (con el irpf contemplado).
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La religión es personal e intransferible. Última edición por gcqZW fecha: 03-06-2025 a las 13:21:24. |
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#28
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Si, es así porque yo todas las facturas que emito llevan retención, con lo cual me lo he tenido que mirar bien hasta que entrasen
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#29
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Revisa el apartado nº 20 del documento ACLARACIONES A DUDAS DE LOS DESARROLLADORES, que puedes encontrar en:
https://www.agenciatributaria.es/sta...rolladores.pdf Allí te explica, que entienden ellos por TOTAL FACTURA |
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#30
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Creo que voy a consultarlo directamente con la AEAT a ver qué me dicen exactamente de este caso. Ya pondré la respuesta aquí, por si a alguien le sirve.
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#31
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Cita:
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#32
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Por cierto, no he escrito nunca a AEAT para consular nada, tenéis a mano la cuenta de correo??
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#33
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Vale, ya lo se, te acepta el 2º por que entra en el rango de +/- 10 euros.
Cita:
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La religión es personal e intransferible. |
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#34
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Cita:
[email protected] aquí tienes el correo
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La religión es personal e intransferible. |
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#35
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Cita:
<Desglose> <DetalleDesglose> <Impuesto>01</Impuesto> <ClaveRegimen>01</ClaveRegimen> <CalificacionOperacion>S1</CalificacionOperacion> <TipoImpositivo>21.00</TipoImpositivo> <BaseImponibleOimporteNoSujeto>276.04</BaseImponibleOimporteNoSujeto> <CuotaRepercutida>57.97</CuotaRepercutida> </DetalleDesglose> </Desglose> <CuotaTotal>16.56</CuotaTotal> <ImporteTotal>292.60</ImporteTotal> Lleva su IVA al 21% y una retención de IRPF del 15% Como el 15% de IRPF no está sujeto a IVA, partiendo de la Base de 276.04, al 21% de IVA, se obtiene una cuota de 57.97. Si sólo tienes esa base, la "CuotaTotal" debería ser 57.97, y el "ImporteTotal" de 334.01. Date cuenta que en "CuotaTotal" estás rebajando el IVA a pagar a AEAT, cuando no procede, y no te lo van a dar por bueno. Ya sabes "A Cesar lo que es del Cesar". |
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#36
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Cita:
Entonces en los campos cuotatotal e importetotal no contemplaría el IRPF????... creo recordar que lo probé así y me daba incorrecto, no recuerdo bien... o igual se lo traga bien, pero si hace una consulta el receptor de la factura le va a dar un importe distinto de la factura al del de la factura que tiene en la mano... No sería un poco raro eso??? Voy a probarlo como dices, a ver... Gracias!!!!! |
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#37
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Cita:
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#38
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Cita:
__________________
La religión es personal e intransferible. |
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#39
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Pues si, eso haré... Muchas gracias a los dos!!!!
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#40
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De hecho, cuando consultas con el QR de la factura, en la respuesta ya sale un mensaje de aviso con respecto a estos temas, concretamente:
El importe mostrado de la factura incluye el total de la contraprestación por los bienes o servicios facturados más, en su caso, el importe de los impuestos indirectos que la gravan, sin la consideración de otras cantidades tales como gastos suplidos, retenciones a cuenta, recargos financieros, etc. que se consigne en la factura. Esto para que el cliente no se mosquee. |
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