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#1
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Cliente exento por SII activa VeriFactu por error y envía RdF a la AEAT
Buenas tardes,
Pues como el título del hilo indica, este es el caso que se nos ha dado: - El cliente es exento por estar acogido a SII. - Por lo que sea, no quiero entrar en ello, han activado VeriFactu en nuestro programa. - Han creado facturas y han enviado los RdF a la AEAT. - Y ahora se da cuenta y nos llama. ¿Qué deberíamos hacer en este caso? ¿Le podemos desactivar Verifactu "a saco" directamente en la BBDD? No sé si se ha comentado esto antes pero creo recordar que SII estaba "por encima" de VeriFactu y que, por lo tanto, lo que el cliente haya enviado a VeriFactu es inocuo y que le podemos desmarcar VeriFactu "a saco" sin mayor problema. A ver qué me podéis decir. Muchas gracias! ![]() |
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#2
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Te pongo lo que te diría CHATGPT, en definitiva te dice que desactives VeriFactu y conserves los que has hecho por si hacienda te pidiera explicaciones. Pero bueno, es la IA, no se si fiarme ciegamente, jaja.
�� 1️⃣ Contexto: SII y VeriFactu son sistemas distintos e incompatibles Sistema Para quién aplica Cómo se comunica con AEAT SII (Suministro Inmediato de Información) Grandes empresas, REDEME, grupos de IVA, y quienes opten voluntariamente Envío de registros de facturación a través de la Sede Electrónica (modelo 340 digital) VeriFactu Autónomos y pymes que no están en SII Sistema interno que genera facturas con código QR y registro automático, y puede enviar copias a la AEAT �� Ambos sistemas tienen el mismo fin (control de facturación), pero no deben coexistir para un mismo emisor. ⚠️ 2️⃣ Qué ocurre si, estando en SII, envías facturas a VeriFactu Enviar facturas a VeriFactu por error cuando estás obligado al SII no invalida tus facturas, pero genera un problema de duplicidad en los registros fiscales: ❌ Problemas que pueden surgir: Duplicación de registros ante la AEAT (mismo NIF, mismo número de factura en dos sistemas). Inconsistencias entre los libros registro SII y el libro VeriFactu (que debería estar inactivo). Requerimientos automáticos de la AEAT si detecta discrepancias en los datos de emisión. En casos reiterados, la AEAT podría considerar que no estás cumpliendo correctamente con la obligación SII (art. 200 LGT → sanciones leves pero posibles). ⚙️ 3️⃣ Qué hacer si te ha pasado ✅ Pasos recomendados: No elimines las facturas VeriFactu: conservalas como prueba del error (sirven como justificante interno). No las declares dos veces en IVA (modelo 303/SII): solo deben estar en el SII. Informa al soporte de tu software VeriFactu para bloquear el envío automático. Si se enviaron a AEAT (opcional de VeriFactu), no pasa nada grave, pero puedes notificarlo en un requerimiento o aclaración si la AEAT te lo pide. En caso de errores masivos o repetitivos, conviene documentar internamente que el sistema SII es el único válido para ti. �� 4️⃣ Qué dice la AEAT oficialmente “Los obligados al SII no deben utilizar sistemas Veri*Factu, dado que la remisión de facturas a través de ambos sistemas puede producir duplicidades e incoherencias en los libros registro de facturación.” �� (Fuente: AEAT, “Preguntas frecuentes sobre el Sistema VeriFactu”, versión septiembre 2024)* ✅ Resumen claro Situación Consecuencia Qué hacer Estás en SII y mandas facturas a VeriFactu por error No invalida las facturas, pero puede causar duplicidades Ignora los registros VeriFactu y mantén el SII como único canal AEAT detecta duplicidades Puede pedir aclaración o requerir regularización Explicar que fue un envío accidental Sanción Solo si hay reiteración o falsedad (art. 200 LGT) Evitar reincidencia �� Conclusión: Si estás acogido al SII, solo ese sistema debe registrar tus facturas. Si has enviado por error algunas a VeriFactu, no hay sanción automática, pero debes dejar de hacerlo y conservar la trazabilidad del error. |
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#3
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Cita:
Hombre.... si no son muchas yo haría por anularlas de verifactu, si son muchas pues pasaría. Ten en cuenta que las has declarado en el SII por lo que está claro que es un error.
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Be water my friend. |
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#4
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A mi la lógica me invita a desactivar VeriFactu y a llamar o escribir a la AEAT para informar sobre el error y pedir instrucciones.
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El recuerdo es la prisión en la que el alma sueña pasado, cuando no vive el presente, ni quiere un futuro. |
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#5
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Esto ha ocurrido por instalarle a un cliente sujeto a SII, un SIF con capacidades VERIFACTU, lo que la AEAT prohíbe explícitamente.
En las FAQ's explica claramente que el cliente NO debe poder decidir cambiar entre un sistema y otro. |
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#6
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Cita:
Estoy de acuerdo con VERIFACTU en la parte en la que un cliente no debe poder cambiar entre un sistema y otro pero la parte en la que prohíben explicitamenente que con un solo SIF no se pueda tener SII, Verifactu, Ticket-bai alava/Guipuzcoa, Ticket-bai Vizcaya y Na-Ticket demuestra lo poco acostumbrados que están a trabajar en el mundo real. |
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#7
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Tú puedes tener un SIF y que cada empresa este en un sistema, la 001 en SII, la 002 en Veri*Factu, etc... Eso ya se hablo y creo que en algún webinar se comento. Nosotros no dejamos que el cliente active nada, somos nosotros los que entramos a la empresa y le ponemos uno y otro sistema.
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#8
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Yo diría que tienes una responsabilidad achacable a la empresa desarrolladora en este caso. Han dejado muy claro que cuando se realiza una instalación del software, ésta debe ser acorde con el régimen en el que está acogido el cliente, si es SII la instalación debe ser SII y lo mismo si está acogido a Verifactu. El software no puede permitir que el cliente cambie la modalidad de una a otra ya que el programa debe estar instalado de forma exclusiva para lo que está sujeto. Si en algún momento se quiere cambiar, existen procedimientos para hacerlo pero todos pasan por volver a instalar la nueva modalidad elegida manteniendo la anterior como de baja.
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#9
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Buenas, nuestro programa ahora mismo permite al usuario configurar cada empresa con el sistema de control fiscal que sea, y lo indica el.
Puede configurar como SII, como TicketBAI o como Veri*Factu. También puede cambiar de una a otra, porque si por ejemplo una empresa está en Veri*Factu y por facturación tiene que pasar a SII, pues podrá cambiarlo en la configuración de empresa. No puede estar en dos a la vez, el programa no lo permite, pero es el usuario que sabe e indica donde envía las facturas. Esto es responsabilidad del usuario no? Creéis que tenemos que bloquearlo? Sobre la pregunta del principio de este hilo, yo también opino que por unas pocas facturas enviadas no hay problema y menos ahora que no es obligatorio. Pero no estaría de mas informar a hacienda de lo ocurrido. |
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#10
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Yo recomiendo la lectura del punto 3. CONSIDERACIÓN SOBRE FABRICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN..... junto con su NOTA ACLARATORIA de las preguntas frecuentes https://www.agenciatributaria.es/sta...rolladores.pdf
Quizás así se arroje algo más de luz |
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#11
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#12
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Cuando comentan "el SIF anterior" y "el nuevo SIF" ... en nuestro caso, es una aplicación de escritorio y es el mismo programa y solo puede haber uno instalado, no puedes tener el SIF que era Veri*Factu el año pasado y el SIF que es SII este año separados. Pero la información está en la base de datos y se pueden consultar todas las facturas tanto si es Veri*Factu como si es SII... Lo que explican en esa documentación suena muy bonito pero en según que arquitecturas no lo veo posible... ![]() que yo sepa, eso del numero de instalación solo es de veri*factu, ni SII ni ticketBAI lo contemplan Saludos |
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#13
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#14
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¿Qué problema hay? ¿Esa factura no existirá en SII, verdad? |
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#15
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De todas formas, es una buena pregunta para hacerles |
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#16
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A mi no me afecta, pero sería interesante que la factura tuviera un campo que indique en que 'entorno' se ha generado (Veri*factu pruebas/real, SII pruebas/real) de esta manera al re-imprimir la factura se podrá controlar si lleva QR o no. Por otro lado los duplicados existen y por tanto la diferencia con el original debería ser sólo la palabra 'Duplicado'. |
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#17
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nosotros sólo tenemos una base de datos y un SIF. Y si ahora estás en SII pero quieres imprimir una factura del año pasado (que estabas en Verifactu) claro que le tiene que salir el QR.Cita:
Estoy de acuerdo |
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#18
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Nosotros, en las primeras fases del desarrollo de VERIFACTU (lo llamo directamente así porque no incluimos la posibilidad de NO VERIFACTU), también permitíamos que el usuario configurase cada empresa manejada por el SIF como SUJETA o NO SUJETA.
Hace ya meses, con la publicación de las FAQ'S PARA DESARROLLADORES, a mi entender quedó muy claro que esta forma de proceder estaba prohibida. Lo que hicimos fue terminar de desarrollar el SIF SOLO PARA SUJETOS AL RRSIF. Una vez terminado, dupliqué el desarrollo, le cambié el nº de versión, bloqueé y oculté todo lo referente a VERIFACTU (afortunadamente todo esto esta controlado por variables globales y no fue excesivamente complicado, y además, en el menú principal aparece un texto que especifica que ese SIF es para USO EXCLUSIVO DE OT's NO SUJETOS AL RRSIF. |
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#19
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Pues yo no tengo tan claro que esa forma esté prohibida. Lo que no se puede permitir es que hoy sea Verifactu, mañana SII y para la semana nuevamente Verifactu. Pero sí que se puede permitir que este año sea Verifactu y para el año SII. Hay que meter unos controles de fechas, plazos o lo que sea, pero el programa (a mi entender, claro) debe permitir ese cambio. Cita:
Y si ahora tienes que añadir un cambio (yo que sé, crear un campo nuevo en las facturas) ¿tienes que hacerlo 2 veces? ¿una para cada proyecto? |
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#20
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Cita:
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