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  #1  
Antiguo 01-08-2025
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Una cosa, si no actualizamos los programas pre-Veri*Factu, pero siguen usándolos ,hasta que sea obligatorio no pasa nada, después de la fecha que les toque(Enero o Julio del 26) la responsabilidad es del cliente, no nuestra, o eso es lo que se entiende al respecto.
Otra cosa es si a partir de ahora, les actualizamos algo del programa, entonces si permitimos que lo usen en modo fuera de Veri*Factu**, entonces si que la responsabilidad ya es nuestra,o eso es lo que nos amenazan. ¿Estáis de acuerdo??, o es solo mi forma de pensar?


**En cualquiera de las 2 modalidades.
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  #2  
Antiguo 01-08-2025
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Una cosa, si no actualizamos los programas pre-Veri*Factu, pero siguen usándolos ,hasta que sea obligatorio no pasa nada, después de la fecha que les toque(Enero o Julio del 26) la responsabilidad es del cliente, no nuestra, o eso es lo que se entiende al respecto.
Otra cosa es si a partir de ahora, les actualizamos algo del programa, entonces si permitimos que lo usen en modo fuera de Veri*Factu**, entonces si que la responsabilidad ya es nuestra,o eso es lo que nos amenazan. ¿Estáis de acuerdo??, o es solo mi forma de pensar?


**En cualquiera de las 2 modalidades.
A partir de ahora si actualizas un programa no adaptado para un cliente Verifactu la actualización sólo puede ser de partes del programa que no sean el SIF (mecanización de datos de entrada y generación de Facturas), todo lo demás se puede seguir actualizando hasta final de año o hasta que le toque
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  #3  
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A partir de ahora si actualizas un programa no adaptado para un cliente Verifactu la actualización sólo puede ser de partes del programa que no sean el SIF (mecanización de datos de entrada y generación de Facturas), todo lo demás se puede seguir actualizando hasta final de año o hasta que le toque
Siempre y cuando el programa sea modular, puedes actualizar módulos que no afecten al RRSIF pero si es "monobloque", es decir un "exe" completo, entonces no.
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  #4  
Antiguo 01-08-2025
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Siempre y cuando el programa sea modular, puedes actualizar módulos que no afecten al RRSIF pero si es "monobloque", es decir un "exe" completo, entonces no.
Yo no lo veo así.
El programa puede estar formado por clases y módulos que luego tu decides si lo compilas como un sólo bloque o distribuyes un bloque general (exe) y sus librearías como dll de apoyo. Si una de esas dll hiciera referencia a alguna parte del SIF pero también estuviera involucrada en otros menesteres que no tuvieran que ver con el SIF y fuera objeto de actualización, entiendo que la podría actualizar sin problemas. No creo que te vayan a pedir el código fuente para verificarlo. Ellos lo que no quieren es que actúes de manera preventiva o correctiva sobre la parte del programa que genera facturas (SIF) salvo que sea para cumplir con RRSIF porque por ley, a partir del 29 de julio, todo SIF debe cumplir la norma y estaría fuera de la misma, la corrección, la actualización o la prevención de las funcionalidades de un SIF no adaptado.
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  #5  
Antiguo 04-08-2025
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Yo no lo veo así.
El programa puede estar formado por clases y módulos que luego tu decides si lo compilas como un sólo bloque o distribuyes un bloque general (exe) y sus librearías como dll de apoyo. Si una de esas dll hiciera referencia a alguna parte del SIF pero también estuviera involucrada en otros menesteres que no tuvieran que ver con el SIF y fuera objeto de actualización, entiendo que la podría actualizar sin problemas. No creo que te vayan a pedir el código fuente para verificarlo. Ellos lo que no quieren es que actúes de manera preventiva o correctiva sobre la parte del programa que genera facturas (SIF) salvo que sea para cumplir con RRSIF porque por ley, a partir del 29 de julio, todo SIF debe cumplir la norma y estaría fuera de la misma, la corrección, la actualización o la prevención de las funcionalidades de un SIF no adaptado.
Creo que estamos diciendo lo mismo, por supuesto si sólo actualizo un librería externa que uso para diferentes procesos, no estoy obligado, pero si esa misma librería está incluida en el mismo "exe" que el proceso de facturación, ese "exe" tendrá fecha posterior al 29/07/2025, con lo que ya estaría obligado, salvo que estemos hablando de "cambiar" la fecha real del exe, en cuyo caso, no tengo nada más que comentar.
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  #6  
Antiguo 04-08-2025
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A mi esta discusión me parece el típico "no me puedo creer lo que ven mis ojos". Lo que dicen está muy claro, pero como es una barbaridad supina, no queremos aceptarlo. Quieren meter esto como sea y a martillazos y para ello están haciendo un chantaje brutal a los desarrolladores pequeños... porque los grandes se lo van a saltar a la torera por dos razones: por que no pueden cumplirlo, y porque no es lo que dice el BOE. Ya me explicarás a mí como los grandes programas de facturación y contabilidad en SaaS hacen una actualización y obligan a decenas o cientos de miles de clientes a sacarse de la noche a la mañana un certificado, meterlo y empezar a subir datos como si nada. ¿Van a estar 6 meses o 1 año (en el caso de los autónomos) si hacer actualizaciones?. No lo creo. O, lo comento en otro foro, si Microsoft hace una actualización en teoría no puedes utilizarlo para hacer facturas: de la noche a la mañana cientos de miles de personas, autónomos en su mayoría, serían "perseguibles" y Microsoft tendría una responsabilidad. Ni de coña van a hacer eso. Todo lo más cogerán un par de empresas pequeñas que hayan hecho alguna actualización y las escabecharán para que sirvan de ejemplo. Y los pequeños no tenemos recursos para pleitear con Hacienda.
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  #7  
Antiguo 04-08-2025
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Eso es exactamente lo que yo digo con HOLDED y similares.

Ellos ya tiene adaptado su software a Verifactu (no se cansan de publicitarlo), por lo tanto TENDRIAN QUE OBLIGAR A TODOS SUS CLIENTES nuevos y actuales a Verifactu, y NO lo están haciendo.

Por lo tanto, ellos y todo sus clientes (+80.000 según ellos) incumplen la ley.

Y no puede ser que lay ley sea para unos obligada (nosotros los pequeños) y voluntaria para otros GRANDES.

Si es periodo voluntario, pues voluntario, sino es obligatorio.
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  #8  
Antiguo 04-08-2025
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Creo que estamos diciendo lo mismo, por supuesto si sólo actualizo un librería externa que uso para diferentes procesos, no estoy obligado, pero si esa misma librería está incluida en el mismo "exe" que el proceso de facturación, ese "exe" tendrá fecha posterior al 29/07/2025, con lo que ya estaría obligado, salvo que estemos hablando de "cambiar" la fecha real del exe, en cuyo caso, no tengo nada más que comentar.
Te refieres entonces a que al actualizar el EXE, si el programa es monolítico, la fecha es posterior al 29/07/2025 y eso puede acarrear dudas ???
Desde mi punto de vista, puedes tener estructurado tu ERP haciendo uso de clases y módulos para dividir la lógica en los tres componentes clásicos, acceso a datos, reglas de negocio e interfaz de usuario y todo ello compilarlo como un Exe. Se me hace difícil pensar que vayan a discernir si el ejecutable es posterior, qué parte has tocado del código que ha generado una recompilación.
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  #9  
Antiguo 04-08-2025
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Te refieres entonces a que al actualizar el EXE, si el programa es monolítico, la fecha es posterior al 29/07/2025 y eso puede acarrear dudas ???
Desde mi punto de vista, puedes tener estructurado tu ERP haciendo uso de clases y módulos para dividir la lógica en los tres componentes clásicos, acceso a datos, reglas de negocio e interfaz de usuario y todo ello compilarlo como un Exe. Se me hace difícil pensar que vayan a discernir si el ejecutable es posterior, qué parte has tocado del código que ha generado una recompilación.
Sólo estaba planteando una idea, realmente aunque ya tengo preparado un SIF "Solo Verifactu", listo para ser instalado, aún no se lo he vendido / actualizado a ningún cliente. Pero sí, mi aplicación tiene un único "exe" y luego diferentes, librerías, tablas, formatos de impresión, etc. Viendo la actitud de la AEAT, que ha trasladado la "carga de la prueba" a los desarrolladores, si instalo un exe que tiene fecha 19 de Agosto de 2025, me temo que tendría que ser yo el que demostrara que no he modificado nada que afecte al RRSIF.
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