Cita:
Empezado por bmfranky
Una cosa, si no actualizamos los programas pre-Veri*Factu, pero siguen usándolos ,hasta que sea obligatorio no pasa nada, después de la fecha que les toque(Enero o Julio del 26) la responsabilidad es del cliente, no nuestra, o eso es lo que se entiende al respecto.
Otra cosa es si a partir de ahora, les actualizamos algo del programa, entonces si permitimos que lo usen en modo fuera de Veri*Factu**, entonces si que la responsabilidad ya es nuestra,o eso es lo que nos amenazan. ¿Estáis de acuerdo??, o es solo mi forma de pensar?
**En cualquiera de las 2 modalidades.
|
A partir de ahora si actualizas un programa no adaptado para un cliente Verifactu la actualización sólo puede ser de partes del programa que no sean el SIF (mecanización de datos de entrada y generación de Facturas), todo lo demás se puede seguir actualizando hasta final de año o hasta que le toque