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#1
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Cita:
Gracias compañero.
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Be water my friend. |
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#2
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rectificativa.
Según mis leguleyos, cuando haces una factura incorrecta de X importe, haz una rectificativa de ese x importe en negativo indicando en el concepto que es la rectificativa de la Fra: N de fecha
. seguido de los mismos conceptos de la errónea en negativo.Luego haces una correcta. En el SIF lo he resuelto buscando la factura a rectificar, y con un solo clic hace la rectificativa automáticamente. el registro de alta que envío es: TipoFactura", "R1" TipoRectificativa", "I" IDFacturaRectificada|sum1:IDEmisorFactura" xxxx IDFacturaRectificada|sum1:NumSerieFactura" F25xxxx IDFacturaRectificada|sum1:FechaExpedicionFactura" fecha Hasta ahora todas las pruebas realizadas han sigo correctas. Salu2. |
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#3
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Bueno... pues por si le sirve a alguien... como no me quedaba convencido si la rectificativa en este caso en particular es la negativa o la positiva le he hecho la consulta a nuestros amables amigos de la aeat y me han contestado lo siguiente:
Cita:
Con lo que confirman lo que la mayoría de la gente tiene entendido por aquí y es que la factura rectificativa es la nueva que se hace con el importe correcto y la negativa sería una factura ordinaria pero en negativo. Saludos.
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Be water my friend. |
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#4
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Cita:
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#5
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Cita:
Bueno... es que por diferencias hablaríamos solo de una factura que efectivamente sería tipo "I", es otro planteamiento distinto.
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Be water my friend. |
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#6
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Cita:
Cita:
Cita:
Última edición por emailesc fecha: 05-09-2025 a las 19:43:44. |
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#7
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Cita:
Si haces una suma lineal dd las factiras en 2 pasos tienes la suna correcta, rn un paso tienes que restar cuando encuentres una de sustitucion en 1 paso buscando la que rectifica, además puede srr mas imcomprensible para el usuario final y hacer seguimiento del controñ de stocks. Dependd de como desarrolles el software y la interfaz de usuario te puede convenir una u otra forma. Por eso lo han admitido. Por otro lado tambien hay 2 opciones para emitie una factura de una simplificada: hacer un abono de una F2 para emitir la factura ordinaria o emitir una sustitutiva |
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#8
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Cita:
De todas maneras lo que comentaba no era por los importes, sino por los tipos de facturas, lo normal, siguiendo el propio criterio de la ley de facturación, es que, si se hace una rectificación en dos pasos, la factura en negativo sea una rectificativa por diferencias, ya que no hay ningún otro caso que yo recuerde en el que puedas hacer una factura normal en negativo, y la segunda factura, una rectificativa por diferencias en positivo o una factura normal. Pero aquí lo hacen al revés: la factura en negativo es una factura normal y la factura en positivo una factura rectificativa, imagino por diferencias porque si no la cosa no cuadra. Cosas de Hacienda... |
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#9
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Cita:
Como yo interpreto, -Rectificacion 2 pasos Factura 1= 100 euros 1/2/2025 Abono factura 2= -100 1/4/2025 Rectifixativa sustitucio factura nunrro RS-1= -100 1/4 2025 Declarado trimestre 1=100 Declarado trinestre 2=0 Como deberia interpretarse si es en 1 paso: Declarado primer trimestre 100 Segundo trimestre 0 Pero aqui se complica un poco el calculo, ya que si la rrctificatuva por sustitucion no ha modificado bases ni cuotas, se obvia =0, pero si se han modificado hay que leer los campos de la diferencia rectificada y eso es lo que se declara en el segundo trimestre ya sea positivo o negativo el resultado.. para mi linea de desarrollo y comprensión es mas claro en 2 pasos,. Además, en 1 paso, se xomplkca más como tengas que rectificar la factura rectifiicada, en un paso modificas la factiura recrificada positiva (la rectificada numero 1), o incluso la de abono si hace falta, de la misma forma sin tener que hacrr una funcion distinta, pero ya cada uno que decida. Última edición por ermendalenda fecha: 06-09-2025 a las 09:26:56. |
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