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  #1  
Antiguo 10-11-2025
Faneka Faneka is offline
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Faneka Va por buen camino
Te pongo lo que te diría CHATGPT, en definitiva te dice que desactives VeriFactu y conserves los que has hecho por si hacienda te pidiera explicaciones. Pero bueno, es la IA, no se si fiarme ciegamente, jaja.

�� 1️⃣ Contexto: SII y VeriFactu son sistemas distintos e incompatibles
Sistema Para quién aplica Cómo se comunica con AEAT
SII (Suministro Inmediato de Información) Grandes empresas, REDEME, grupos de IVA, y quienes opten voluntariamente Envío de registros de facturación a través de la Sede Electrónica (modelo 340 digital)
VeriFactu Autónomos y pymes que no están en SII Sistema interno que genera facturas con código QR y registro automático, y puede enviar copias a la AEAT

�� Ambos sistemas tienen el mismo fin (control de facturación),
pero no deben coexistir para un mismo emisor.

⚠️ 2️⃣ Qué ocurre si, estando en SII, envías facturas a VeriFactu

Enviar facturas a VeriFactu por error cuando estás obligado al SII no invalida tus facturas,
pero genera un problema de duplicidad en los registros fiscales:

❌ Problemas que pueden surgir:

Duplicación de registros ante la AEAT (mismo NIF, mismo número de factura en dos sistemas).

Inconsistencias entre los libros registro SII y el libro VeriFactu (que debería estar inactivo).

Requerimientos automáticos de la AEAT si detecta discrepancias en los datos de emisión.

En casos reiterados, la AEAT podría considerar que no estás cumpliendo correctamente con la obligación SII (art. 200 LGT → sanciones leves pero posibles).

⚙️ 3️⃣ Qué hacer si te ha pasado
✅ Pasos recomendados:

No elimines las facturas VeriFactu: conservalas como prueba del error (sirven como justificante interno).

No las declares dos veces en IVA (modelo 303/SII): solo deben estar en el SII.

Informa al soporte de tu software VeriFactu para bloquear el envío automático.

Si se enviaron a AEAT (opcional de VeriFactu), no pasa nada grave, pero puedes notificarlo en un requerimiento o aclaración si la AEAT te lo pide.

En caso de errores masivos o repetitivos, conviene documentar internamente que el sistema SII es el único válido para ti.

�� 4️⃣ Qué dice la AEAT oficialmente

“Los obligados al SII no deben utilizar sistemas Veri*Factu, dado que la remisión de facturas a través de ambos sistemas puede producir duplicidades e incoherencias en los libros registro de facturación.”

�� (Fuente: AEAT, “Preguntas frecuentes sobre el Sistema VeriFactu”, versión septiembre 2024)*

✅ Resumen claro
Situación Consecuencia Qué hacer
Estás en SII y mandas facturas a VeriFactu por error No invalida las facturas, pero puede causar duplicidades Ignora los registros VeriFactu y mantén el SII como único canal
AEAT detecta duplicidades Puede pedir aclaración o requerir regularización Explicar que fue un envío accidental
Sanción Solo si hay reiteración o falsedad (art. 200 LGT) Evitar reincidencia

�� Conclusión:

Si estás acogido al SII, solo ese sistema debe registrar tus facturas.
Si has enviado por error algunas a VeriFactu, no hay sanción automática, pero debes dejar de hacerlo y conservar la trazabilidad del error.
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  #2  
Antiguo 10-11-2025
Avatar de DarkDudae
DarkDudae DarkDudae is offline
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DarkDudae Va por buen camino
A mi la lógica me invita a desactivar VeriFactu y a llamar o escribir a la AEAT para informar sobre el error y pedir instrucciones.
__________________
El recuerdo es la prisión en la que el alma sueña pasado, cuando no vive el presente, ni quiere un futuro.
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  #3  
Antiguo 11-11-2025
novatico novatico is offline
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novatico Va por buen camino
Esto ha ocurrido por instalarle a un cliente sujeto a SII, un SIF con capacidades VERIFACTU, lo que la AEAT prohíbe explícitamente.

En las FAQ's explica claramente que el cliente NO debe poder decidir cambiar entre un sistema y otro.
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  #4  
Antiguo 11-11-2025
edari edari is offline
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edari Va por buen camino
Cita:
Empezado por novatico Ver Mensaje
Esto ha ocurrido por instalarle a un cliente sujeto a SII, un SIF con capacidades VERIFACTU, lo que la AEAT prohíbe explícitamente.

En las FAQ's explica claramente que el cliente NO debe poder decidir cambiar entre un sistema y otro.

Estoy de acuerdo con VERIFACTU en la parte en la que un cliente no debe poder cambiar entre un sistema y otro pero la parte en la que prohíben explicitamenente que con un solo SIF no se pueda tener SII, Verifactu, Ticket-bai alava/Guipuzcoa, Ticket-bai Vizcaya y Na-Ticket demuestra lo poco acostumbrados que están a trabajar en el mundo real.
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  #5  
Antiguo 11-11-2025
Faneka Faneka is offline
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Faneka Va por buen camino
Tú puedes tener un SIF y que cada empresa este en un sistema, la 001 en SII, la 002 en Veri*Factu, etc... Eso ya se hablo y creo que en algún webinar se comento. Nosotros no dejamos que el cliente active nada, somos nosotros los que entramos a la empresa y le ponemos uno y otro sistema.
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  #6  
Antiguo 11-11-2025
sglorka sglorka is offline
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sglorka Va por buen camino
Yo diría que tienes una responsabilidad achacable a la empresa desarrolladora en este caso. Han dejado muy claro que cuando se realiza una instalación del software, ésta debe ser acorde con el régimen en el que está acogido el cliente, si es SII la instalación debe ser SII y lo mismo si está acogido a Verifactu. El software no puede permitir que el cliente cambie la modalidad de una a otra ya que el programa debe estar instalado de forma exclusiva para lo que está sujeto. Si en algún momento se quiere cambiar, existen procedimientos para hacerlo pero todos pasan por volver a instalar la nueva modalidad elegida manteniendo la anterior como de baja.
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  #7  
Antiguo 11-11-2025
rci rci is offline
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rci Va por buen camino
Buenas, nuestro programa ahora mismo permite al usuario configurar cada empresa con el sistema de control fiscal que sea, y lo indica el.
Puede configurar como SII, como TicketBAI o como Veri*Factu. También puede cambiar de una a otra, porque si por ejemplo una empresa está en Veri*Factu y por facturación tiene que pasar a SII, pues podrá cambiarlo en la configuración de empresa.
No puede estar en dos a la vez, el programa no lo permite, pero es el usuario que sabe e indica donde envía las facturas.
Esto es responsabilidad del usuario no?
Creéis que tenemos que bloquearlo?


Sobre la pregunta del principio de este hilo, yo también opino que por unas pocas facturas enviadas no hay problema y menos ahora que no es obligatorio. Pero no estaría de mas informar a hacienda de lo ocurrido.
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