Cita:
Empezado por CarlosArjonomia
Ya nos podemos dejar de hacer pajas mentales.
Noticia del mundo hace 30 minutos:
En ese sentido, y a raíz de la aprobación del Real Decreto-ley, la propia AEAT ha cambiado en estos días uno de sus criterios, como reflejan las novedades de su página web: el carácter retroactivo de utilizar Verifactu. Hasta la pasada semana, las empresas que aplicasen Verifactu antes de su obligatoriedad no podrían deshacer el cambio una vez hecho, y debían continuar enviando sus facturas automáticamente a la AEAT. Ahora se permite que, hasta 2027, haya un periodo de pruebas "durante el cual se podrá dejar de remitir registros de prueba con un SIF de modalidad Verifactu y utilizar para facturar otros SIF, hasta la fecha límite para tener adaptados los sistemas a los requisitos establecidos en el RRSIF", explican.
O dicho de otro modo: las empresas que hayan cambiado de sistema para empezar el año, si quieren, podrán volver al procedimiento habitual... hasta 2027.
https://www.elmundo.es/economia/empr...23c8b458e.html
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¿Quiere decir esto que se podrá actualizar una versión anterior a la normativa? Porque si el cliente ya tenia instalado la versión anterior a demas del VeriFactu, si se sabia que podía seguir seguir facturando con la versión antigua.