Cita:
Empezado por sglorka
En resumen, se puede editar cualquier documento preparatorio hasta el momento de la expedición de la factura. Una vez expedida la factura, se deben mantener inalterables en el sistema todos los documentos relacionados con dicha expedición.
Los documentos preparatorios que no hayan llegado a su finalización en forma de factura hay que mantenerlos y en su caso, emitir abono de documento que quedará registrado
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Buenas tardes a todos
La interpretación que estais haciendo de los albaranes seria esta, cierto?